Prisioneros palestinos, ¿qué sabe de ellos?

http://www.rebelion.org/noticia.php?id=216018

 

-¿Quién pertenece a las Naciones Unidas?
-Todos los países del mundo.
-¿El ente israelí, lo que se llama Israel, pertenece a éste mundo?
-Quienes pertenecen al mundo son quienes forman parte de Naciones Unidas, y tienen la obligación de cumplir con los Acuerdos Internacionales y las Resoluciones que el organismo internacional emite, fruto del consenso para mantener la paz.
Israel nunca cumple ni los Acuerdos ni las Resoluciones.
-¿Porque no forma parte de la ONU?
– Si forma parte de la ONU, aunque no esta claro si forma parte de este mundo, esto explicaría por qué se presentan como ¡el pueblo elegido!, según la mitología que se atribuyen los sionistas, y concretamente el grupo de ultraderecha colonizador de Palestina.
 Decir sionistas no es decir judíos, los judíos son los pertenecientes a la raza o religión judía, como tampoco es decir semitas, los semitas son los pueblos que hablan idiomas semíticos y que son naturales de la zona, como decir europeos es hablar de los naturales de Europa.
 Decir sionistas es, claramente, referirse a los pertenecientes a la ultraderecha que ha invadido Palestina, expulsa a su pueblo, coloniza el país invadido y no respeta los Derechos Humanos; el sionismo fue calificado por Naciones Unidas como un pensamiento racista, segregacionista, violento, dictatorial, (1975, Resolución 3379).
Pero esto sirve de poco si el dinero de los sionistas corrompe voluntades, y así ha sido, hoy, sin ir más lejos en la ONU el sionista Dany Dayan, colono en Palestina, y reconocido racista por él mismo, dirige los asuntos jurídicos del organismo internacional; resulta asombroso; y ante su elección para el cargo, el grupo árabe de la ONU lo denunció por medio del representante yemení que declaró:
 
“Israel, violador de las leyes internacionales, no puede dirigir los asuntos jurídicos de la ONU”. 
Asi es que el ente israelí, ¿es de este mundo o está por encima de los derechos de todos los países, de los Acuerdos y las Resoluciones que se toman?
Llegados a este punto es preciso recordar las palabras del Presidente Nelson Mandela, preso y en aislamiento durante 27 años en la Sudáfica racista, segregacionista y dictatorial, (por cierto entonces ayudada y orientada por Israel), las siguientes palabras forman parte del discurso que pronunció en la Conferencia de la Humanidad de la Cruz Roja Británica, en Londres, el 10 de Julio del 2003:
 «Los Convenios de Ginebra […] todavía nos recuerdan con mucha fuerza nuestra obligación común de cuidarnos unos a otros, incluso en condiciones que fomentan el comportamiento opuesto, y especialmente en esas situaciones.»
¿De qué obligación nos habla el Presidente Nelson Mandela?: de la de “cuidarnos unos a otros, incluso en condiciones que fomentan el comportamiento opuesto, y especialmente en esas situaciones.”
 Entonces ¿por qué los sionistas pasan por encima de el Derecho Internacional, de todo lo acordado para el mantenimiento de la paz y ocupan puestos como el de dirigir los asuntos jurídicos en la ONU?
Las contradicciones tan terribles ensombrecen y lastran las posibilidades de mejora. Pero el Presidente Nelson Mandela se refería a todos, a los pueblos, “a cuidarnos unos a otros” especialmente en las condiciones que fomentan el comportamiento opuesto.
 El caso del ente israelí en sus actos coloniales es para cuidarnos unos a otros, desarrolla condiciones que fomentan el comportamiento opuesto, ocupación, racismo, expulsiones de la población nativa, encarcelamiento de la resistencia y asesinatos en masa y selectivos, calificados como crímenes de guerra, de Lesa Humanidad y genocidio.
 Desde hace 57 años vienen haciéndolo.
En estos días hemos podido saber de la huelga de hambre de los prisioneros y prisioneras de Palestina, 7500 en cárceles de los sionistas, entre quienes hay niños y niñas.
Quizás resulte absurdo preguntarse si Israel cumple con las “Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos”, que fueron aprobadas en 1957 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, y que el 17 de diciembre de 2015 han sido revisadas por unanimidad, desarrollando los derechos de los detenidos y la justicia penal.
 Pero los sionistas ¿cómo van a cumplir con los principios que nos damos en el mundo, si ya sabemos que los sionistas no son de este mundo?
 A las “Reglas revisadas” para el tratamiento de los detenidos, se han dado el nombre de “Reglas Mandela”, con el fin de recordar al presidente sudafricano que permaneció preso de los racistas 27 años.
El principal objetivo de las “Reglas Mandela” es garantizar el respeto por la dignidad humana, y Cruz Roja Internacional las resume en los puntos siguientes:
principios básicos como dignidad y seguridad, imparcialidad y no discriminación, prohibición absoluta de la tortura;
gestión de los expedientes de los reclusos, y notificación de los hechos relativos a su arresto y detención;
primacía de la ética médica en el acceso y la provisión de servicios de asistencia de salud en detención;
restricciones, disciplina y sanciones;
aplicación de los principios de juicio imparcial a los procedimientos disciplinarios;
definición de régimen de aislamiento y restricción en su uso;
regulación estricta y limitaciones en el uso de instrumentos de coerción;
procedimientos de registro para los detenidos, celdas y visitantes;
información y derecho de queja de los detenidos;
contacto con los familiares y con el mundo exterior;
investigación de todas las muertes en detención, desapariciones, tortura y otras formas de malos tratos;
inspecciones independientes (las nuevas disposiciones de las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos en relación con los inspectores incluyen: acceder a toda la información sobre los lugares de detención, número de reclusos, su ubicación/tratamiento/condiciones, elegir libremente los establecimientos penitenciarios a visitar y los reclusos a entrevistar y entrevistarse con carácter privado y plenamente confidencial);
contenido sobre formación del personal, incluidas competencias de negociación y mediación.
Cruz Roja Internacional señala que son “Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, son un instrumento de derecho indicativo, los elementos que contienen reflejan obligaciones del derecho de los tratados.”
Ahora nos dirigimos a algo más concreto, nos vamos a reducir a tan solo hace un año por estas fechas y a sólo algún caso que sirva de ilustración:
El martes 18 de Agosto de 2015 (hace un año) a 60 palestinos que los sionistas acababan de poner en libertad los vuelven a hacer prisioneros.
Es algo que adquiere tintes de normalidad, salir de prisión y en la calle volver a ser capturado, y volver a la prisión.
Otro asunto que afecta a los prisioneros es el de la huelga de hambre.
El mismo 18 de Agosto de 2015, una mujer prisionera a la que había aplicado la “detención administrativa”, quiere decirse que había sido hecha prisionera y había sido encarcelada sin acusación ni juicio, llamada Shireen Issawi, abogada palestina de gran prestigio, cuando llevaba 7 meses en una celda se puso en huelga de hambre en solidaridad con el prisionero Mohamad Alan, que llevaba entonces 60 días sin comer, como única forma de protesta por su secuestro, también en “detención administrativa”.
 A la abogada Shireen Issawi en huelga de hambre la siguió su hermano Samir Issawi, también prisionero.
 En todas las familias palestinas hay prisioneros y prisioneras, y la huelga de hambre es su último recurso para defender su vida.
Todos los habitantes de Palestina saben que el trato de los sionistas, además de ocupar su país, Palestina, lo forman las vejaciones, las persecuciones y el asesinato.
Si nos referimos al medio año de 2016 transcurrido, la cifra de asesinatos se encuentra en casi el medio centenar tan sólo en Jerusalén.
 Y en el mismo Jerusalén, en ese mismo período de tiempo han capturado a 560 niños, que se han sumado a los y las miles de prisioneros y prisioneras palestinas. En ninguno de los casos les son aplicadas ninguna de las “Reglas Mandela”.
¿Qué decir de esos seres de otro mundo que son los sionistas? Llegados a este punto, ¿qué hace la ONU?
La soberbia y la violencia israelí no conoce límites; además de desobedecer todos los acuerdos internacionales quiere imponer al mundo sus leyes de ocupación de Palestina.
La respuesta bárbara del gobierno colonialista ante la huelga de hambre de Mohamad Alan, Shireen Issawi y su hermano Samir Issawi fue aprobar una ley por la que se alimentaría por la fuerza a quienes adoptasen esa forma de protesta y defensa de sus derechos.
 Ante el propósito de los sionistas, por fin, las protestas arreciaron en todo el mundo y la ONU se pronunció en contra calificando la amenaza sionista de “trato cruel, inhumano y degradante.”
 Un año después nos encontramos con la misma situación, la población palestina prisionera va a la huelga de hambre una vez tras otra, en el día de hoy se encuentran en huelga de hambre un centenar, casi, de prisioneros.
Su huelga de hambre es su única defensa, pero también es una llamada a los pueblos del mundo para que reclamemos la aplicación del Derecho Internacional, de las “Reglas Mandela”, y por extensión del final de la ocupación sionista y el principio de la paz e independencia de Palestina.
 Así cumpliremos con el derecho fundamental de “cuidarnos unos a otros, incluso en condiciones que fomentan el comportamiento opuesto y especialmente en esas situaciones”.
Ramón Pedregal Casanova es autor de “Gaza 51 días”, “Dietario de crisis” y “Siete Novelas de la Memoria Histórica. Posfacios”.
Es presidente de AMANE, Asociación Europea de Cooperación Internacional y Estudios Sociales.

 

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