El Tribunal Constitucional español admitió a trámite los recursos presentados contra la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como ley mordaza, y contra la prisión permanente revisable, incluida en la última reforma del Código Penal.
El Alto Tribunal aceptó estudiar el recurso presentado por el Parlamento catalán contra la ley mordaza que sanciona a quien provoque desórdenes en las calles o la obstaculice con barricadas.
La nueva ley, muy criticada por las organizaciones de defensa de los derechos humanos, también sanciona a aquellos que se nieguen a identificarse ante la Policía.
La ley mordaza prevé multar a los que emitan o publiquen fotos de la Policía que «pongan en peligro su seguridad personal o familiar».
Las mayores multas, de entre 30.000 y 600.000 euros, serán para aquellos que se manifiesten ante «infraestructuras críticas».
El Constitucional admitió también a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por toda la oposición al Partido Popular contra la prisión permanente revisable.
Esta reforma del Código Penal prevé imponer esta medida en casos de excepcional gravedad, como son el homicidio del rey, de jefes de Estado o asesinatos en serie, entre otros.
Las condenas serán revisables tras cumplirse de 25 a 35 años de prisión para verificar la reinserción laboral.
Para la oposición este nombre encubre la aplicación de la cadena perpetua.
http://mundo.sputniknews.com/espana/20150727/1039723074.html
Lea más en http://mundo.sputniknews.com/espana/20150727/1039723074.html#ixzz3h7QjgAL5
¡Qué ambigüedad!
Como juegan a burlarse del pueblo!, pero noticias como estas procedentes de la MasM….. ya no cuelan.