La apostasía, un derecho

Una colaboración de JULIO CRUZ GARCIA
El autor reflexiona, desde su experiencia personal, sobre el derecho a no pertenecer a confesión religiosa alguna

Luis Miguel Sánchez Tostado

La RAE define el término apostatar como “negar la fe de Jesucristo recibida en el bautismo”, pero también “abandonar un partido para entrar en otro, o cambiar de opinión o doctrina.” En pleno siglo XXI, en un Estado democrático y aconfesional, con plenos derechos de asociación y confesión, los ciudadanos pueden, libremente, militar en cualquier organización política, sindical o religiosa.

Con la misma libertad pueden causar baja cuando discrepen de sus postulados, que pueden ser mudables, como puede serlo la propia evolución del socio o militante. En cambio, la mayoría de las personas nunca se plantearon abandonar su “militancia” eclesiástica pese a que ni van a misa, ni creen en los rituales del culto, ni están de acuerdo con las líneas de actuación de la jerarquía católica. Pese a que la sociedad avanza, los postulados de la Iglesia persisten inmovilistas, llegando en algunos casos a situarse en las antípodas de la realidad social. Muchos creen que dejando de ir a misa y no cumplir con los sacramentos dejan de ser católicos (apostasía silenciosa), pero no es así. Serán miembros de la Iglesia desde el bautismo hasta su muerte por muy agnósticos, apóstatas o ateos que digan ser, pues así consta en los registros parroquiales y en las estadísticas de feligresía.

En España, la influencia de la Iglesia Católica ha sido tan poderosa, tan prolongada su sombra que, aún hoy, se tiene la errática creencia de que abandonar sus filas es tan difícil como hacerlo de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria. Su ascendencia fáctica alcanzó incluso al ámbito político pues, hasta hace pocas décadas, la curia católica formaba parte de los gobierno y los obispos eran nombrados senadores y diputados. Aún hoy, en no pocos pueblos de la España profunda, todavía se consideran al alcalde, al párroco y al comandante de puesto de la Guardia Civil como las autoridades más influyentes, al viejo estilo nacional-catolicista. Pero el catolicismo es una línea filosófica con estructura de organización privada y, como tal, cualquiera de sus miembros pueden abandonarla pese a los chantajes morales relacionados con el pecado mortal y la condenación eterna. La levedad de la vida, el acecho permanente de la hora suprema y, sobre todo, las dudas sobre una desconocida realidad eterna después de la muerte, validaron el éxito de las religiones durante siglos, sobre todo en parcelas históricas donde la incultura y la falta de formación campaban a sus anchas. Caldo de cultivo para manipular conciencias. ¿Por qué actúa la Iglesia Católica como si Dios fuese de su propiedad? ¿Acaso el Todopoderoso no repara en musulmanes, budistas, evangelistas, adventistas, luteranos, calvinistas, hindúes, judíos, ortodoxos o mormones?

¿Se puede creer en Dios y abandonar la Iglesia? Rotundamente SI. El sentido común nos dice que no es lógico ni ético formar parte de organizaciones contrarias a nuestros principios. ¿Militaría un anarquista en el Partido Popular? ¿Se afiliaría un conservador, monárquico y tradicionalista, a Izquierda Unida? ¿Debe permanecer un feligrés en la Iglesia Católica si está a favor del aborto, los anticonceptivos, los preservativos, las parejas de hecho, la laicidad de la enseñanza pública, la elección democrática de los cargos, si está en contra de la discriminación femenina en la Iglesia o del celibato? Mi respuesta es NO. Por simple coherencia. Por esta razón hace años decidí acogerme a la apostasía pues, independientemente de creer (o no) en un Ser Superior, me negaba a pertenecer a confesión alguna. Me planteé una cuestión de conciencia: si la Iglesia católica está en contra de lo que yo considero justo ¿qué hago en sus filas?

En junio de 2005 entregué en el Obispado el siguiente escrito dirigido a Ramón Del Hoyo López, prelado de la Diócesis de Jaén, basándome en los siguientes puntos:

  • Que la Iglesia Católica se ha aprovechado de una tradición secular como es la celebración de los bautizos para incrementar de forma ilegítima su implantación social. La ausencia de alternativas laicas para celebrar este tipo de acontecimientos ha favorecido la perpetuación de los ritos religiosos y provocado que muchos ciudadanos, como el que suscribe, al alcanzar la mayoría de edad y conocer con profundidad la historia y dogmas de la Iglesia Católica, no compartan sus postulados y se encuentren formando parte de una confesión que no se corresponde con sus ideas. Con la excusa de que el niño ”no viva en pecado” el bautismo se administra por la Iglesia Católica y los padres a una edad en que el menor carece de capacidad para valorar el significado de ese acto ni cuenta con la autonomía para tomar decisiones por sí mismo por lo que, al alcanzar la edad adulta, se encuentran perteneciendo activa o pasivamente a una confesión que no han escogido y, en muchos casos, con la que no se identifica. En cambio, la Iglesia Católica sí se beneficia de dicha circunstancia pues gracias a los “registros de bautismo” aumentan significativamente el número de feligreses en sus estadísticas para obtener mayores subvenciones y  financiación pública (más de 5.000 millones de euros al año).
  • Que amparándose en ese tipo de subterfugios, gobiernos de distinto signo han favorecido reiteradamente los intereses de la Iglesia Católica con el argumento de que la “mayoría” de la población pertenece a esa confesión sin tener en cuenta que gran parte de los ciudadanos no sólo no se ha pronunciado jamás sobre dicha cuestión desde que alcanzaron la mayoría de edad, sino que el artículo 16.2 de la Constitución prohíbe explícitamente cualquier posible “requerimiento” de declarar obligatoriamente al respecto.
  • Que el abajo firmante ha tenido oportunidad de conocer a fondo la directrices católicas habiendo sido educado en colegios religiosos y, precisamente por ello, por el conocimiento de la trayectoria histórica así como la realidad actual del catolicismo, discrepa con sus postulados, a su juicio involucionistas, que chocan frontalmente con los tiempos en que vivimos. Por lo cual el que suscribe ha llegado al convencimiento de su falta de Fe en esta religión así como a la pérdida de confianza en la Iglesia Católica de la que  forma parte desde su bautismo.
  • Que entre las múltiples razones que sería prolijo enumerar, puede citar brevemente algunas de corte histórico como la feroz represión ejercitada sobre nuestros conciudadanos durante casi cuatrocientos años con los tribunales de la “Santa” Inquisición, o, más recientemente, el apoyo vergonzoso a regímenes totalitarios e ilegítimos como el franquismo en España, el fascismo en Italia o el nazismo en Alemania, sobre los que la Iglesia Católica aún no ha pedido perdón públicamente (recordemos que en España la Iglesia Católica sacó bajo palio al dictador Francisco Franco y calificó de “cruzada” el golpe de Estado que sumergió nuestro país en una sangrienta guerra). Amén de situarse siempre próxima a la monarquía, las oligarquías económicas y los centros de poder, en tanto que aprovechaba históricamente la incultura del pueblo, del miedo innato a la muerte y hacia lo desconocido concretado en las amenazas siempre presentes de la condenación del alma en la otra vida. Por otra parte, y durante siglos, la Iglesia se hizo a acopio de privilegios, diezmos, primicias, donaciones, bienes de clerecía, dádivas, legados, herencias, valiosas propiedades rústicas, urbanas, artísticas y financiaciones estatales acumulando cuantiosas riquezas y fortunas que contradicen el principio de austeridad y la humildad proclamada por Jesús en las Sagradas Escrituras.
  • Que considera inadmisibles creencias y dogmas tales el origen creacionista del ser humano, la dependencia de la mujer hacia el hombre, la Santísima Trinidad, el pecado original, la virginidad de María, la resurrección de Jesús, la infalibilidad del Papa o la eternidad del infierno.
  • Que en la actualidad la Iglesia Católica persiste en su modelo medieval siendo inadmisibles posturas contra natura como el celibato de los sacerdotes, el machismo dentro de la Iglesia que niega los derechos a la mujer en toda su estructura jerárquica, la ausencia de democracia interna para la elección de cargos, las campañas contra el uso de preservativos o su posición contra el aborto en supuestos tan graves como violación de la madre o grave riesgo para la vida, así como la negación de los derechos que por ley le asisten a los homosexuales y a las parejas de hecho.
  • Que por todo ello, y por muchas razones más que harían este escrito extraordinariamente extenso, el abajo firmante comunica al señor Obispo de la Diócesis de Jaén, su renuncia a la Fe Católica y su deseo de acogerse al derecho de apostasía solicitando se refleje su nueva situación en la inscripción de bautismo que se encuentra en el archivo parroquial de la iglesia de La Magdalena de esta ciudad. Igualmente solicita su baja en todos los archivos y registros católicos.
  • Que dicha petición es un derecho que le asiste al que suscribe basándose en las siguientes preceptos legales:
      • El canon 701 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica Romana en el que define la apostasía.
      • El artículo 16 de la Constitución Española que “garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades”.
      • El artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia…”
      • El artículo 9, párrafo 1, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1950, “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones…”
      • El artículo 10, párrafo 1, sobre Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2000, “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones”
      • El artículo 2, párrafo 1º de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, “La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona a: Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenía, manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre ellas.”
      • Los artículos 7 (datos especialmente protegidos), 15 (derecho de acceso), 16 (derecho de rectificación) y 17 (tutela de los derechos) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Por todo lo cual

SOLICITA:

  • Que al recibo del presente escrito se haga constar en los registros de ese Obispado y en los parroquiales de su bautismo su opción de apostatar a la Iglesia Católica como un derecho implícito reconocido tanto en la legislación internacional como en la nacional. Que dicho derecho le sea reconocido a la mayor brevedad, reservándose las acciones legales correspondientes en el supuesto de que su solicitud no sea atendida, como en justicia y en derecho le corresponde”.

En noviembre recibí una carta del Vicario General advirtiéndome de las consecuencias de mi solicitud (exclusión en los sacramentos, extremaunción, matrimonio canónico, etc). Debí confirmar mi solicitud nuevamente con un segundo escrito. Al poco recibí otra carta de la Vicaría General, “seguros de que Dios nunca se arrepiente de haberle concedido este don de la filiación divina”. Sobre las motivaciones de mi primer escrito el señor Vicario responde: “hago caso omiso a otras expresiones de su escrito, que por inadecuadas, no merecen comentario”. Se me indica ponerme en contacto con Dolores Vacas (notaria del Tribunal eclesiástico) y aportar copia del DNI y actas de bautismo y nacimiento. Al día siguiente me presenté en la Sacristía de la iglesia de la Magdalena solicitando copia del acta de bautismo.

            – Son cinco euros –solicitó el sacerdote.
– ¿Cinco euros? ¿No es un poco caro? El acta de nacimiento me la han expedido gratis en el registro civil.
– Éste es un archivo privado -contestó el presbítero.
– Está bien. Déme una factura.
– No hacemos facturas.
– Pues un recibo –repliqué.
– Tampoco recibos.

Indignado, expliqué al párroco que lo normal es la emisión de un recibo por el importe entregado. Tras un rato de negativas el sacerdote, algo airado, tomó un pequeño sobre marrón de las colectas del Domund en el que escribió “Recibí 5 euros”. Por supuesto sin rúbrica ni sello parroquial. Tomé aquel sobre garabateado y, por respeto, guardé prudente silencio marchándome apesadumbrado imaginando el temor de la feligresía en otros tiempos, incapaces de contradecir a los ministros de Cristo, influyentes en los gobiernos de esta vida e intermediarios con quien rige el más allá. Días después llamé a la Notaria del Tribunal Eclesiástico.

            – Ya puede venir al Obispado a firmar el delito de apostasía –me dijo.
– ¿Delito? ¿He cometido algún delito? –pregunté sorprendido.
– Si, la apostasía es un delito en el Derecho Canónico.
– Pensé que jamás había cometido delito alguno hasta hoy –respondí contrariado.
– Pues es un delito. Y tiene su pena.
– Ah, ¿Y qué pena me van a imponer?
– La excomunión.
– Es decir, que si un miembro de la comunidad católica solicita salirse, ustedes se adelantan y lo expulsan
antes. ¿Es ésta la tolerancia de la Iglesia frente al que desea abandonar sus filas?
– Yo no dicto las normas -respondió con indiferencia.

Cuando colgué el teléfono no sólo se esfumaron las pocas dudas que tenía, me lamenté, además, de no haber tomado esta decisión mucho antes. Finalmente, en febrero de 2006, recibí el certificado del Tribunal Eclesiástico notificándome mi exclusión de los archivos y mi anotación marginal en mi partida de bautismo. Esto último no llegué a verificarlo porque me pedían otros seis euros, nuevo precio del acta bautismal.

Antes de concluir, vaya por delante mi sincera consideración hacia creyentes y practicantes, sean de la confesión que sean. El respeto al prójimo es, y debe serlo siempre, base fundamental de la convivencia. No obstante, dejo aquí constancia de mi experiencia por si fuese de alguna utilidad a aquellas personas que, como yo, se planteen la incongruencia de permanecer en una organización de la que no se comparten sus preceptos ni la línea dogmática de su jerarquía. Pese al criterio de la curia eclesiástica apostatar es un derecho, no un delito.

El derecho a apostar en 3 pasos:

1.- Preparar partida de nacimiento (es gratis en el registro civil), partida de bautismo (actualmente cobran 6 euros, expedida por la parroquia donde fue bautizado), y fotocopia del DNI.

2.- Realizar un escrito solicitando acogerse al derecho de apostasía adjuntando la documentación referida en el punto anterior presentándolo en el registro del Obispado. Guardaremos copia sellada. No es necesario detallar motivo alguno, es suficiente con pocas líneas comunicando el deseo de apostatar.

3.- Recibida carta de la Vicaría General realizaremos un segundo escrito breve ratificando nuestro primer escrito. Registrarlo igualmente en el Obispado.

aa

http://www.sancheztostado.com/apostatar.php

3 comentarios en “La apostasía, un derecho

  1. Mi estimado amigo…sin palabras me ha dejado tu articulo,me parece de una valentía total,pero que deja una triste realidad…la falsedad de la «iglesia católica» como la ÚNICA,crees que Jesús te «excomulgaría»?por supuesto que no.Que autoridad tienen ellos para eso?Si son como tu y como yo?Nada tiene que ver lo que la iglesia católica hace,con lo que Jesús dijo o predicó.Ellos tienen sus propias normas y reglas,que viene a ser casi como una «mafia» cuando les das la razón y los sigues todo esta bien,pero si no…ya no eres bienvenido y te echan como a un perro.

    Yo era católico también,solo que no he dado el paso de «apostatar» oficialmente,creo en mi corazón,que ellos no tienen ninguna autoridad espiritual ante Dios sobre mi alma, así que me voy a ahorrar el disgusto que tu te llevaste.

    Tuve una experiencia que cambio mi vida en una iglesia evangélica…pero eso no me ha convertido en «evangélico» por que? Por que Jesús jamas nos trajo religión alguna,solo se trajo así mismo y a su Reino.Y esa es mi iglesia,todo aquel que cree e invoca el nombre de Jesús creyendo que es Hijo de Dios y que resucito de los muertos.Esos son mis hermanos y esa mi denominación religiosa. Jesús me hizo libre del pecado,no esclavo de ningún grupo religioso en concreto.

    Todos(religiones) se adjudican la verdad,que ellos llevan el verdadero mensaje…pero ese mensaje es libre y esta al alcance de todos.Doy gracias a Dios por mi «cambio», nací de nuevo tal como relatan los evangelios,bautizandome en aguas.Y lo que yo viví cambio toda mi percepción de la vida, recibí un don maravilloso del que no pretendo convencer a nadie que es real,ya que para mi lo es,el don de lenguas angelicales o del Espirtitu.Que algunas denominaciones lo han usado para darse mas verdad o notoriedad,cuando ese no es su objetivo.Es simplemente una confirmación para el que lo experimenta,de que algo sobrenatural ha pasado.No voy a discutir con nadie sobre esto,ya que muchos incrédulos no lo creen,pero amigo créeme, Jesús y el reino de Dios esta lleno de cosas inexplicables,y que han pasado y pasaran.

    Me encanta tu blog,desde que lo descubri.Me encanta con la libertad que hablas,sin ofender a nadie y siendo de mente abierta a todas las posibilidades.Una vez mas te felicito.Sinto que mi email fuera tan largo,pero el tema que trataste me ha hecho sentirme muy identificado.Animo que si crees es Jesús nada debes de temer…

  2. Bueno hombre eres tajante y me imagino que ese es otro derecho que nos asiste en estos tiempos de proliferación de creencias y vivencias… digamosle más bien una exigencia que un derecho… porque ante la inmensidad de hechos y experiencias circundantes, más vale sentar el precedente de que en lo «esencial e intimista» debe haber un manejo individual y personal; es decir, que sobre lo fundamental no hay incertidumbre que no podamos resolver, apelando a la sana lógica y al sentido común… Y visto tu acto desde la otra orilla yo no te calificaría de apóstata, antípoda, ateo o anticlerical sino más bien de GENTIL, que en buen lenguaje ecuménico deben ser aquellos hombres que a la manera de Jesús, aman la verdad, la justicia, la libertad y la sabiduría. Leyendo tu exposición de motivos, confirmo de nuevo que los extremos se juntan y que partimos hacia la realidad cuando nos atrevemos a saltar al abismo de nuestras de nuestras profundas dudas… para salir fortalecidos y reanimados. Te salvaste de la hoguera, porque otros se atrevieron primero a ir demasiado lejos en el tiempo.

    Dienteleón

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