La mensajería instantánea es una parte imprescindible en nuestras vidas, y WhatsApp es la aplicación más utilizada en España para ello con decenas de millones de usuarios. A través de ella se envían todo tipo de mensajes a conocidos y a desconocidos, donde también se habla de compras y otros acuerdos que, según acaba de considerar un juez, tiene la misma validez legal que un contrato.
Obligada a pagar el alquiler y las facturas por haberse comprometido a hacerlo por WhatsApp
Todo viene a raíz de una sentencia de un juez del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo, en la cual se considera que los mensajes enviados por una inquilina a sus caseros tienen la misma validez que un contrato. En ellos, se ve cómo la inquilina contacta con los caseros para ver el piso, y finalmente le envía el número de cuenta y fotocopias del DNI, donde se comprometía a pagar las mensualidades de alquiler y las facturas.
Sin embargo, la inquilina no cumplió su palabra, y no pagó ni el alquiler ni las facturas de suministros, lo que llevó a sus caseros a llevarla a juicio. El juez consideró que los mensajes de WhatsApp tenían total validez, y ha obligado a expulsar a la inquilina de la casa y a pagar todo lo que adeudaba.
Aunque los mensajes de WhatsApp pueden falsificarse, en este caso está claro que fueron reales, ya que la inquilina uso el WhatsApp para contactar con los dueños, además de proporcionar fotocopias reales de su DNI. Esto recuerda también a un acaso acontecido en 2015 en el País Vasco, donde un vendedor de una casa ofreció una casa por un precio determinado, y aceptó la venta antes de decidirse.
El medio no le quita validez a un contrato siempre que sea verificable
Sin embargo, el contrato ya había sido formalizado, aunque fuese a través de WhatsApp, dándole validez según el artículo 1278 del Código Civil, en el cual se dispone que “Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez”.
El WhatsApp, al igual que en nuestras vidas, está presente en cada vez más procesos judiciales; sobre todo desde que está presente el cifrado de punto a punto en los chats de la app de mensajería. Hay varios casos en España donde se han admitido pantallazos como pruebas, aunque otros tribunales recomiendan acompañar los pantallazos de otros medios instrumentales (periciales o testificables). Por ejemplo, podemos hacer que un notario o un perito certifique que esos mensajes son reales, o podemos aportar el terminal en el proceso judicial para que el propio juez pueda visualizar los WhatsApp y comprobar que éstos fueron realmente enviados. Como vemos, hay muchas cosas que podemos hacer en WhatsAp que sean delito.
En el caso de Telegram, esto sería más difícil, ya que la aplicación de mensajería permite a cualquier interlocutor eliminar un mensaje de cualquiera de los participantes, incluyendo en el móvil de la otra persona. La única manera de que no se borre en el otro móvil es evitar que el dispositivo se conecte a Internet.