Los órganos sensorios no son el Alma. «Previamente vi un árbol, ahora lo toco», esto significa que puedes percibir un objeto por medio de cualquier otro sentido. Dicha expresión carecería de sentido si el «Yo» o Alma no fuera diferente de los sentidos, ya que el ojo no puede tocar y la piel no puede ver.
Hay una relación fija entre los sentidos y sus objetos, es decir, entre el ojo y el color, el oído y el sonido, y así sucesivamente. Es el ojo y no el oído el que puede percibir el color, y es el oído y no el ojo el que puede percibir el sonido. Si el alma fuera uno de los sentidos, estaría limitada a un tipo de objeto solamente (sonido, color, etc.) Sin embargo, el «Yo» puede percibir todo tipo de objetos; puede ver colores, escuchar sonidos y demás. Por lo tanto, el «Yo» o Alma que confiere unidad en las diversas clases de percepciones es diferente de los sentidos, cada uno de los cuales puede percibir sólo un objeto.
Si no admitimos un Alma permanente más allá de nuestro frágil cuerpo, nos enfrentaremos a muchos absurdos tales como la pérdida del fruto de una acción (Kritahani) y la obtención del fruto de una acción que no hemos realizado (Akritabhyagama). Un hombre que ha cometido cierta falta puede que no sufra sus resultados en esta vida y, a menos que haya un Alma que continúe en la siguiente vida, no los sufrirá en absoluto. Esto es pérdida del fruto merecido por una acción. Por otro lado, a menudo encontramos a un hombre sufriendo los resultados de acciones que nunca llevó a cabo en esta vida. Esto sería la obtención del fruto de una acción que no merece, a menos que creamos que esa Alma existió antes de esta vida y que llevó a cabo la acción en su vida anterior.
Algo visto previamente con el ojo izquierdo es reconocido ahora por el ojo derecho. Esto hubiera sido imposible si el Alma fuera idéntica al ojo izquierdo solamente o al derecho, según el principio de que el centro de reconocimiento debe ser el mismo que el centro de percepción. De allí que debamos admitir que hay un Alma distinta de los ojos izquierdo y derecho, y que ésta es la sede común de percepción y reconocimiento.
El Alma es distinta de los sentidos, porque hay una excitación de un sentido por medio de la operación de otro sentido. Cuando uno ve un mango o un encurtido de lima, se le llena la boca de saliva. El sentido del gusto se excita. Esto se debe al funcionamiento del sentido de la vista. Eso sería imposible a menos que haya un Alma que es distinta de los sentidos y que los une. El Alma ve la fruta o el encurtido, y recuerda sus propiedades. El recuerdo de las propiedades del objeto excita el sentido del gusto.
Sólo puedes recordar el objeto que has visto. Recuerdas el olor de un objeto cuando ves su color*. Esto sería imposible si el recuerdo fuera una cualidad de un sentido, por ejemplo, el ojo, el cual nunca ha olido el objeto. Por lo tanto, debe admitirse que el recuerdo es la cualidad de una entidad distinta llamada Alma, la cual es la sede común de la percepción del color y el olor. El Alma es el Veedor absoluto y es Conciencia por naturaleza, mientras que todas las otras cosas ―objetos, cuerpo, sentidos, Pranas, mente, intelecto, etc.― son lo visto y carecen de conciencia por naturaleza. El Alma es la Realidad Imperecedera, mientras que todo lo demás es perecedero y falso.