Los psiquiatras recelan de la reforma al sentirse “instrumentalizados”
Dos profesionales deben avalar que existe riesgo para la salud psíquica de la mujer
El anteproyecto de ley del aborto que presentó el Gobierno el viernes de la semana pasada sigue sumando críticas. Si el jueves fueron responsables del PP los que cuestionaron en público la dureza de la norma, y antes incluso los neurocirujanos y expertos en diagnóstico prenatal, ahora son algunos de los profesionales que se verán obligados a avalar o rechazar la petición de abortar de la mujer los que levantan la voz. La nueva regulación —que aún tiene por delante un largo trámite parlamentario— descarga sobre los psiquiatras la responsabilidad de determinar si existe un “grave peligro para la salud psíquica de la embarazada” y avalar la interrupción del embarazo bajo este supuesto hasta las 22 semanas de gestación.
Esta circunstancia ha causado un profundo recelo entre los profesionales de la psiquiatría. “Nos imponen un papel que no nos corresponde, la interrupción del embarazo es una cuestión que no tiene nada que ver con la salud mental, la mujer que aborta no es una enferma mental”, traslada a este diario Eudoxia Gay, presidenta de laAsociación Española de Neuropsiquiatría (AEN), que agrupa a unos 2.000 profesionales. “Y puedo asegurar que pese al elevado número de socios que tenemos, este es uno de los temas que concita un mayor consenso”.
El presidente de la Sociedad Española de Psiquiatría, Miguel Gutiérrez, prefiere hablar a título personal hasta recoger la opinión general del colectivo al que representa. Gutiérrez muestra su preocupación por “la eventual instrumentalización de la psiquiatría” que pueda producirse a raíz del cambio que pretende introducir el Ejecutivo de Mariano Rajoy en la regulación del aborto. También lamenta que no se haya puesto en contacto con la entidad ningún responsable de la Administración en el proceso de elaboración del anteproyecto a pesar de que “piensan adjudicar un importante papel en el asunto [de la interrupción del embarazo] a los psiquiatras”.
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La nueva norma acaba con el derecho de la mujer de decidir sin necesidad de alegar ningún motivo si interrumpe su embarazo hasta las 14 semanas de gestación que concedió la ley de 2010. De una regulación basada en plazos, que es el sistema mayoritario en Europa, se da un salto en el tiempo de casi 30 años para retroceder a la filosofía de la norma de 1985 basada en un sistema de supuestos, pero incluso aún más restrictivo.
La norma diseñada por el Ministerio de Justicia solo contempla la posibilidad de interrumpir el embarazo bajo dos posibilidades: la violación o el “grave peligro para la salud física o psíquica de la embarazada”. Elimina incluso el supuesto de malformación fetal, que por sí mismo deja de ser un motivo suficiente para interrumpir el embarazo.
El primer supuesto está claro. Pero no el segundo. ¿Qué se entiende por un “grave peligro para la salud?”. Esta cuestión, la ambigüedad que ampara el concepto “riesgo para la salud”, fue el aspecto más polémico de la ley de 1985.
Bajo este supuesto —en especial, el riesgo psíquico— se practicaron la abrumadora mayoría de las interrupciones de embarazo que se llevaron a cabo antes de que la ley de plazos de 2010 dejara de hacer necesario recurrir a esta opción para abortar.
La nueva norma concederá de nuevo un peso central al supuesto de riesgo para la salud psíquica. No solo porque elimina los plazos, sino porque también enmarca el problema de las alteraciones en el feto en el supuesto del daño a la salud mental. Si las malformaciones son “incompatibles con la vida” se podrá alegar riesgo psíquico para la mujer y abortar.
Eso sí, en lugar del aval de un solo psiquiatra como establecía la ley de 1985 en el futuro harán falta dos para elaborar el dictamen que establezca que la mujer se enfrenta a una situación de tensión mental insoportable. Y este es un papel que los psiquiatras casi habían dejado de ejercer desde 2010 —solo algo más del 5% de los abortos se hacen ahora por riesgo para la salud de la mujer, sea este psicológico o físico; las intervenciones por ese motivo se permiten hasta la semana 22 de gestación— y que no desean volver a representar.
Por un lado porque, a juicio de Eudoxia Gay, “no hay ninguna razón que pueda ligar la enfermedad mental al aborto: se trata de una decisión libre del ámbito de la vida sexual y reproductiva de la mujer”. O, de otra forma, “una mujer puede decidir abortar porque se sienta sola, porque le dé miedo el embarazo, por problemas económicos, por temor a que le reprenda su familia, hay un sinfín de razones, todas ellas personales y propias”. Y a la inversa, apunta: “Todos estos motivos pueden no ser suficientes ante el deseo o los principios personales y morales de una mujer que decida tener el hijo que espera por encima de los inconvenientes que se le presenten”. “Pero”, añade, “no hay argumentos que tengan que ver con la salud mental”.
Por ello, la presidenta de la AEN considera que no tiene sentido situar a los psiquiatras en un lugar central de la toma de decisión respecto al deseo de una mujer de no seguir con su embarazo. “El papel de los psiquiatras en esta cuestión debería de ser ninguno. Nuestra labor es otra: la de aliviar, curar, acompañar…, todos estos aspectos son los que tienen que ver con nuestro trabajo”. ¿Y en relación con el aborto? “A veces intervenimos, pero siempre por iniciativa propia de la mujer, para aliviar, consolar, apoyarla ante la decisión que ha tomado. Pero no podemos inclinar la balanza hacia un lado o hacia otro”.
Gay rechaza el rol que otorga la ley a los profesionales de la salud mental: “Los psiquiatras no debemos hacer valoraciones morales, aunque se nos haya utilizado a veces para ello. Nosotros no somos ni podemos ser vigilantes de la moral, y menos aún de la moral dominante, la protección del patriarcado, que es lo que subyace detrás de todo esto”.
Hay otras cuestiones relacionadas con la futura ley diseñada por el Gobierno que merecen ser abordadas, como destaca esta psiquiatra que ejerce en un centro de salud mental de Málaga. El hecho de que los psiquiatras tengan que desempeñar la función de jueces, apunta, puede plantear serias consecuencias tanto para las mujeres como para los profesionales. “La nueva ley habla de determinar que existe un riesgo para la salud permanente o duradero en el tiempo”, recuerda Gay. “Si lo reconocemos, pasamos a considerar a la mujer como víctima de una tara mental crónica para toda la vida, lo que puede tener efectos en episodios posteriores de la vida de esta persona que pueden jugar en su contra, por ejemplo, en la custodia de los hijos en un proceso de separación. Esto es una cuestión sumamente delicada y grave”.
Además, Gay destaca la situación tan delicada que se les plantea a los psiquiatras con la norma: “Nos coloca en la tesitura de tener que objetar y abandonar a la mujer en trance vital estresante o hacer algo que no se ajusta a los criterios éticos de la práctica de la psiquiatría: reconocer un problema mental que no existe para que una mujer pueda abortar”.