domi Porqué y cuando se creó el Purgatorio.

No cabe duda que uno de los dogmas base de muchas de las religiones actualmente vigentes y pretéritas es la idea de un vida tras la muerte. La  creencia de una regeneración, resurrección o reencarnación en los mitemas de diferentes culturas a lo largo del globo terrestre resulta una constante, existiendo variadas explicaciones para determinar tanto su ausencia, su disfrute pasado,  o su promesa de futuro.  Curiosamente varias de éstas interpretaciones, ejemplo sería los pueblos del sudeste de África, están asimiladas con el supuesto periodo de “decadencia y renovación” que un antiguo observador pudo percibir en las fases de la Luna – Como anécdota decir que la resurrección  correspondía con la espera de tres días; días que corresponden al paso entre la “luna nueva” y el “primer cuarto creciente – . Otro ejemplo de asimilación de acontecimientos naturales en relación a la regeneración están asociados con reptiles y animales que “mudan la piel”, de tal manera que su inmortalidad, fruto de ese proceso,  sólo puede ser interrumpida con su muerte  a manos del ser humano. Es también de anotar que éstas mitologías representan a culturas, hasta hace muy poco en un estadio cercano al neolítico, donde suelen hablarnos de “un disfrute pasado” o de una “oportunidad perdida” que imposibilitó a la Humanidad de tal don, siendo atribuido tal perjuicio a muy diferentes circunstancias, pero existiendo tres generales denominadores comunes a la hora de referenciar la “Inmortalidad” : La Luna, la muda de piel  a semejanza de un reptil, o  bien una combinación de ambas. Por otro lado, y como ya ha sido comentado aquí, existe la hipótesis paleolítica de un culto a la diosa-madre que daría cabida entre sus creencias a un ideario de “regeneración” como una  “vuelta a las entrañas de la  Gran Madre” y cuya evolución posterior, incluye también entre su simbología re-encarnatoria  la representación de reptiles.

Purgatorio.Gustavo.Dore

Independientemente de lo anterior, y que se dio posiblemente por una exclusiva observación de determinados acontecimientos naturales, lo que parece evidente es que el hecho inamovible de la muerte, genera una irrenunciable deseo de  supervivencia. Supervivencia que,  a su vez,  deriva en una búsqueda mítica de la perpetuación de la vida y cuyo anhelo ha sido utilizado por diferentes  formas de estructuración social como dádiva  de futuro, así como parábola de lo que puede suceder si se quebranta ese orden social; ya sea por pérdida de tal promesa para el individuo o la Humanidad, ya sea por su ausencia actual tras un disfrute pasado.

No está claro que fue antes “el huevo o la gallina”, y con esto me refiero al concepto de “espíritu inmortal” y el paradigma de la Inmortalidad, pero nadie pone en duda que desde tiempos remotos se extiende la creencia en el ser humano de un determinado lugar del Universo donde la “esencia vital” de una persona fallecida permanece latente o “semi-viva”. Una presencia,  como así queda reflejada  en la interpretación general, que tiene una participación activa en los devenires de los vivos, desarrollando un papel positivo, negativo, o bien ambos, en función de la evolución de los dogmas de sus diferentes culturas. Dicho esto,  resulta difícil sustraerse al hecho que la inmensa mayoría de las religiones actuales y pretéritas  mantienen, de una manera u otra, diferentes rituales o acontecimientos post-mortuorios  como parte fundamental de sus doctrinas.

Desde éstas páginas, ya hemos hablado de la evolución de las creencias en el Mediterráneo Oriental y la Creciente Fértil en su papel de zona aglutinante de diferentes culturas. Culturas que a lo largo de milenios han ido dejando su impronta en las diferentes facetas sociales, sobresaliendo sobre todas ellas las religiosas como consecuencia de su, comparativamente con otros aspectos,  flexibilidad adaptativa y evolutiva como innegablemente instrumento, imposición o  sostén del  poder organizativo en una región en extremo convulsa y necesitada de una preclara autoridad, ya sea divina o humana, como razón imprescindible para su supervivencia y la de su forma de vida. Mas el inconveniente a tanta “inestabilidad teológica” conlleva que se produzcan multitud de incorporaciones o sustituciones en los elencos divinos, la aceptación de nuevos dogmas o su reescritura, la hermenéutica o  re-interpretación de los distintos textos sagrados, en función del auge o caída de las civilizaciones o dinastías dominantes, produciendo generalmente un distanciamiento entre las creencias oficiales y las del pueblo llano.

«Según la gracia de Dios que me fue dada, yo, como sabio arquitecto, puse los cimientos, otro edifica encima. Cada uno mire cómo edifica que cuanto al fundamento, nadie puede poner otro  sino el que está puesto, que es Jesucristo. Si sobre éste fundamento uno edifica con oro, plata, piedras preciosas o maderas, heno, paja, su obra quedará de manifiesto, pues en su día el fuego lo revelerá y probará cual fue la obra de cada uno. Aquel cuya obra subsista recibirá el premio, y aquel cuya obra sea abrasada sufrirá el daño; el(El), sin embargo, se salvará, pero como quien pasa por el fuego » Pasaje de la primera carta a los corintios. (3; 10-15) Biblia Católica Nacar-Colunga.

Es conocido que durante la ocupación macedonia de los reinos hebreos, y como forma de renegar de los seleúcidas y sus creencias olímpico-mitraístas , arraigó en la literatura religiosa judía determinados dogmas de la corriente zoroástrica aqueménida persa vencida. En tales lecturas se advierte la incorporación de un dualismo Bien/Mal que incluye la modificación de la anterior visión demonológica, así como el añadido de la angelología zoroástrica, ya teológicamente retocada en la segunda mitad del II milenio a.c. en Babilonia. Conceptos a los que se une la incorporación dogmática de un Cielo para los justos, y una re-lectura de las antiguas creencias sobre el Sheol, el “Mas Allá” semítico, que ahora tomara las funciones del Infierno zoroástrico. Como complemento a lo anterior, se incluirá un Juicio Final al “final de los tiempos” donde se dirimirá que “alma” o “parte inmortal”, otro dogma harto extendido por los mitemas generales de la Creciente Fértil, deba sufrir los parabienes o la desgracia eterna.  Llegados a este punto, siglo II a.c.- siglo II d.c., se produce un cisma dentro del judaísmo.  Una serie de corrientes religioso-políticas  mantendrán la observancia de los dogmas heredados de la dinastía asmodea hebrea, que incluiría también la creencia en un “Mesías” que los liberará de sus opresores en contra de las “posiciones oficialistas”  de los sacerdotes  saduceos del Templo de Jerusalem. Resumiendo, tras la destrucción del templo de Jerusalem por Tito Flavio en el año 66 d.c.,  las re-lecturas de la corriente mesiánica judía por parte de Saulo de Tarso, y la nueva Diáspora hebrea, tenemos: El origen del judaísmo rabínico por un lado,  donde la lectura zoroástrica es apartada, y el origen del cristianismo y las corrientes gnósticas por el otro, donde las lecturas aqueménidas se mantienen. ¿Consecuencias..? Que el dogma infernal/Celestial “no existe”  en la actual religión judía y si en la religión cristiana,  donde es una de sus doctrinas fundamentales.

En el año 1254, el papa católico Inocencio IV y con motivo de I Concilio de Lyon, se acuñó la palabra “purgatorio” como un “lugar” y un “tiempo”, un “infierno temporal” en que las almas recibían castigo por sus pecados, siendo éste posible de ser mitigado o abreviado por medio de sufragios, sacrificios o indulgencias. Dice el papa Inocencio IV en una carta al obispo de Túsculo:

« Para terminar,  en el Evangelio de la Verdad se declara que aquel quien hable blasfemias contra el Espíritu Santo, no le será perdonado ni en éste mundo ni en el venidero (ver Mateo 12:32). Debido a ésto se ha de entender que determinadas faltas son perdonadas en ésta vida, y algunas otras en la vida por venir.  Así el apóstol dice: “Que el fuego probará la calidad del trabajo de cada uno ” y  “si su trabajo arde, perderá su parabienes, pero el se salvará, como quien pasa por el fuego” (I Corintios 3: 13-15). Y se dice que los propios griegos (ortodoxos..) creen sin dudar, y sostienen,  que las almas de aquellos que no han cometido pecado o las almas de los que mueren libres de pecados mortales, pero con pequeños pecados veniales, son purificadas después de la muerte y pueden ser ayudadas por las oraciones de la Iglesia. De igual manera los griegos dicen que sus Doctores no les han dado un nombre definido y adecuado para ese lugar de purificación. Nos, siguiendo la tradición y la autoridad de los Santos Padres, llamo a ese lugar Purgatorio; y es nosa voluntad  que usen ese nombre en el futuro, donde los pecados serán realmente expiados por ese fuego temporal; no graves ni capitales pecados, sino aquellos que no han sido anteriormente remitidos por la penitencia,  como pequeños y leves pecados, y que suponen una carga tras la muerte, si no han sido perdonados en vida »

Dimes y diretes aparte,  lo preclaro es que esta doctrina fue rubricada en II Concilio de Lyon, 1274, en el Concilio de Viena, 1311-1312, en el Concilio de Florencia, 1438-1445 y en Concilio de Trento, 1545-1563, así por doctores de la Iglesia como Orígenes, San Agustín, Cesáreo, San Ambrosio o San Gregorio Magno. En 1476, el papa Sixto IV, tomando las ideas establecidas en el Concilio de Florencia, le da su pleno sentido:

« Los que murieron en la Luz de la Caridad de Cristo pueden ser ayudados con las oraciones de los vivos. Y no sólo eso. Si se dieren limosnas para las necesidades de la Iglesia, las almas ganarán la indulgencia de Dios » 

Purgatorio-en-La-Cuesta-2

Desde un punto de vista profano, el conjunto del dogma sobre las situación de las almas tras la muerte tiene algunas lagunas. Por un lado, tenemos un alma inmortal a la espera de un Juicio Final al final de los tiempos y por otro, un lugar de transito dedicado exclusivamente a determinada categoría de almas,  que nos llevaría a considerar la existencia de un “juicio previo” para ellas. Mas a continuación se me plantea otra pregunta ¿Y las almas con “pecado mortal” ya prejuzgadas y sin posibilidad, según la Iglesia de Roma, de redención.. ¿Donde van..?  Si ya han sido previamente juzgadas.., ¿Volverán a presentarse al Juicio del final de los tiempos..? ¿Para que.., para ser  de nuevo juzgadas..? ¿Deberían ir directamente al Infierno tras su muerte terrenal, ya que resulta imposible su exoneración. según la doctrina de la Iglesia..? Por otro lado, pudiéramos considerar la existencia en ese Juicio Final  de una apelación divina de última instancia hacia los pecadores con faltas en extremo gravosas, pero entonces.. ¿Que propósito tendría  el Purgatorio, ya que de igual manera podrían ser perdonados aquellas con pequeños pecados..?  Contestación del dogma a todas éstas incógnitas: La Misericordia Divina, por lo que hasta aquí se puede hacer lectura.

De ésta guisa, habría que decir que la base teológica, I Corintios, para la admisión del tal doctrina es, por decirlo suavemente, harto dudosa, pues resulta preclaro que  el pasaje del escrito de Saulo de Tarso , ” el, sin embargo, se salvará, pero como quien pasa por el fuego”, el contexto nos hablaría del “poso de las enseñanzas de Jesucristo” y no del aquel “cuya obra se arrasará..” A esto habría que añadir las proposiciones  de Martin Lutero en sus “95 tesis de Wittemberg”  del año 1517, anteriormente de John Wickliffe y Jan Hus en el siglo XIV, y que constituyen un ataque a las indulgencias, así como a los cánones penitenciales “post-mortem” .  Aunque, para ser estrictos, Lutero en ningún momento duda de la doctrina afecta al Purgatorio, no cabe duda que deja su función,  como prerrogativa de la ICAR,  exenta de contenido.

Los siglos XII-XIII d.c., suponen, para la Iglesia de Roma, un periodo de cambios de extrema trascendencia. Hasta ese momento la Iglesia funcionaba, al igual que los estados de la época, en un régimen feudal. Por un lado, estaba una “Iglesia Regular” o “Monacal” que disfrutaban de una gran autonomía, tanto religiosa como financiera, – De ahí, por ejemplo, que el mismo I Concilio de Lyon obligara a pagar el diezmo a Roma a la orden  monástica cisterciense – debido a unas posesiones fiduciarias que eran, muchas de ellas, provenientes de las interesadas donaciones de los poderosos y grandes señores locales en sus juegos de equilibrio del poder. Por el otro lado, estaba la “Iglesia Diocesana” afecta a los antiguos núcleos rurales con un conjunto de clérigos de relajadas costumbres y habidos de riquezas, tan incultos como sus feligreses y en extremo afectos a los señores de las villas, que no a Roma, y que fueron “sobrepasados” en su mensaje apostólico por diferentes herejías, caso de las cátaras, valdenses y bogomilas; unas herejías que predicaban la pobreza en Cristo y que establecieron sus dogmas, muy cercanos al entendimiento del campesinado y pequeños señores rurales, éstos últimos en su propio provecho,  en buena parte de Europa.

Inocencio IV. Concilio de Lyon

El  IV Concilio de Letrán, celebrado entre 1215-1216, el papa Inocencio III establece las bases de los profundos cambios venideros en la Iglesia de Roma. Cambios que estarán acordes con la profunda evolución social que llevará a la Baja Edad Media. Del riguroso y atomizado poder feudal anterior, progresivamente se pasará al cada vez mas importante papel de unos “burgos” que estarán asociados a un menor conjunto de monarquías, pero mas fuertes políticamente y que se apoyarán en Roma y la institución del papado, en su perseguido papel como  “Iglesia Universal”,  para resolver sus propios conflictos.  Así, el IV Concilio de Letrán establece una serie de “cánones”, entre ellos:  Los dictados para la elección de un restringido colegio cardenalicio y su cónclave en el sufragio papal , la anulación de todas las ordenaciones de los antipapas previos, y uno, especialmente sensible: La prohibición de ordenar clérigos “sin presupuesto”, es decir, sin medios para su subsistencia, y que serán formados en escuelas catedralicias, a la vez que estarán sometidos a la competencia de las nuevas “ordenes mendicantes”, léase franciscanos, dominicos y carmelitas, directamente dependientes del papado. En definitiva, y como no resulta difícil de apreciar, ésta reforma realmente lo que hace es asimilar las lecturas heresiarcas a la doctrina oficial de la, ya podemos llamar, ICAR o Iglesia Católica Apostólica Romana.

Mas todas éstas reformas, todas inducidas, tienen un severo inconveniente financiero, a las que habría que unir la “desviaciones económicas” derivadas de las ordenes militares surgidas en siglo XII con las cruzadas, y que hacían peligrar el sostenimiento de la institución religiosa. Por otro lado y como consecuencia del desbarajuste de apostasías, herejías e “indefiniciones” de muchos parroquianos, la remisión de pecados y su voluntad de volver a seno  de la Iglesia constituyeron un aliciente para el  resurgimiento de unas indulgencias, que se remontan a los principios de la Cristiandad,  y que impulsaron la doctrina del “purgatorio de las almas” para aquellos que en vida no habían podido desprenderse de sus culpas contra Iglesia. Ésta circunstancia, que en un principio puede parecer fútil , tenía tremendas implicaciones, por poner un ejemplo, sobre herencias, posesiones y títulos nobiliarios, ya que el surgimiento de dudas sobre su “infidelidad hacia los dictados de Roma y por tanto hacia Cristo”, podría conducir a  excomuniones y otras penas, y éstas a su vez  a expropiaciones de bienes y revocaciones de derechos sucesorios y/o  prebendas reales. Yuxtapuesto a lo anterior, no cabe duda,  estarían las intencionalidades propias de un verdadero creyente a fin de ganar con solvencia la Bienaventuranza Eterna, así como la rogatorias de los allegados hacia sus difuntos, de amplia tradición en las generalidad de las religiones, pero en definitiva, nunca dejó de ser una forma de control político y una manera indefinida de financiarse.

Evidentemente, hoy en día, éstas tesis no dejan de ser polémicas, si bien tampoco pueden ser rechazadas por la Iglesia porque existe el dogma católico de la “Infalibilidad pontificia en ‘ex cathedra’ “, según el Concilio Vaticano I, 1869, y rubricado por el Concilio Vaticano II, 1962-1965,  de tal manera que cuando un romano pontífice establece una enseñanza dogmática relacionada con la fe y la moral, se la supone una “revelación divina” y por tanto acontece como incontestable.  Aún así,  Benedicto XVI en consonancia con Juan Pablo II,  aclara: “El Purgatorio no es un lugar del espacio, del Universo, sino un ‘fuego interior’ que purifica el alma del pecado”, invitando a rezar por los difuntos.

Aclarado lo anterior, entiendo por tanto  que  la última frase del responso mortuorio católico, “Requiescant in pace” (R.I.P.),  no deja se ser un mero “deseo” del sacerdote hacia el fallecido, y que el alma sigue penando, tras la tumba,  los pecados hasta el Día del Juicio Final en el fin de los Tiempos.

http://www.lamentiraestaahifuera.com/2013/06/05/porque-y-cuando-se-creo-el-purgatorio/

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