Cliente muerto no paga, sin embargo la oligarquía mundial está dispuesta a ahogar a la población con tal de cobrar una supuesta deuda que en su día se adjudico a Grecia. ¿Dónde dice que la población es responsable de las tropelías de unos políticos al frente de la nación? Todo tiene un límite, y este límite es responsabilidad del prestamista y del prestatario. El prestamista cuando observa que el dinero que presta corre un riesgo mayor del beneficio que espera obtener por el cobro de los intereses, ese es su límite por mucho que lloriqueé el prestatario. ¿Qué ocurre cuando se trata de deuda soberana (dinero que se presta al Tesoro de un país)? Que el prestatario se pasa el límite por el arco del triunfo. Veamos las razones que le impulsan para pasar la línea roja del riesgo de impago: siempre, para los inversores, ha sido una oportunidad comprar deuda soberana. Hace unos años los bonos del Estado rendían poco y no tenían riesgo, ya que quien fijaba el tipo de interés era el propio Estado emisor, y si no se cubría por el mercado el total de la emisión se la adjudicaba así mismo. Las cosas han ido cambiando impulsadas por la oligarquía en busca del máximo beneficio. Ahora quien marcan el tipo de interés a pagar es el mercado una vez que “inventó” la prima de riesgo ¿Cómo funciona el tinglado de la deuda soberana? Los gobiernos de turno a pesar que tienen un presupuesto que cumplir, se embarcan en proyectos y despilfarros y para obtener los fondos no tienen más que endeudarse en el mercado financiero. Nos tendría que sorprender que acabada la legislatura todas las desviaciones de los Presupuestos Generales del Estado, que ascienden a miles de millones, pasan desapercibidas. Es un pacto entre los rojos y los azules con el placed de la banca que siempre está dispuesta a financiar al Estado.
El tinglado funciona así: se hacen nuevas emisiones de bonos soberanos para poder pagar la emisión que vence, es decir, se paga un préstamo con otro que se concede y así una y otra vez. Para los bancos, colocar deuda soberana al Estado no le computa como un activo en riesgo y no les afecta a la relación de equilibrio con el capital social (el capital debe de ser superior al 8% de los activos en riesgo). Además el negocio es fabuloso, los bancos toman dinero del Banco Central Europeo al 0,25% y se lo prestaban a Grecia al 7% e incluso más (una deuda al 7% a los 10 años se dobla). Lo que le importa a la oligarquía es tener atrapado al Estado con una espada de Damocles encima de su cabeza ya que cuando le convenga subirá el tipo de interés y entrará en escena el ogro del MEDE. ¿Quién es este ogro? Pues, el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE). Fue creado por el Consejo Europeo en marzo de 2011 para dar estabilidad financiera a la zona euro y entró en vigor el 1 de julio de 2012. El Consejo de Administración está formado por los ministros de Economía de los países de la zona euro. Lo suyo es facilitar préstamos a los países en dificultades, en lugar de emitir euro bonos de una caja común tal como correspondería a un organismo del Tesoro y que sería lo propio de una moneda en común. Insisto en destacar que este invento, más próximo a la ocurrencia, de crear una moneda sin un organismo que la tutele, como es el Tesoro Público, es la primera vez en la historia de una moneda.
La oligarquía imperante se hace sus propias leyes, son jueces y parte; tanto es así, que facilitan a los gobiernos que se puedan financiar en silencio y se permiten el lujo de traspasar la línea que puede poner en riesgo su préstamo. Les importa entre poco y nada ya que tienen al hampón rompepiernas del MEDE dotado de unos estatutos que dan miedo. Sin ir más lejos: artículo 9º cuando fija, al país deudor un plazo de siete días para pagar lo que se le diga. No hay replica ni oposición que valga. El 10º, el propio criterio del MEDE es suficiente para establecer el techo del endeudamiento, es decir, el diabólico Mecanismo es más que suficiente, sin discusión alguna, para determinar que se acabó lo que se daba: no hay más crédito. Con el garrote en la mano el Mecanismo está facultado para participar en procedimientos legales para la adquisición de propiedades tanto mobiliarias como inmobiliarias. Ojo al dato, se preparan para embargar sociedades mercantiles con participación pública y sin conformarse con eso, añaden “inmobiliarias”, sin determinar si el Palacio de la Moncloa, la Sagrada Familia son propiedades inmobiliarias ¿Y la isla de Mallorca? Están locos. Locos o no esta incautación de los bienes nacionales tiene un articulado que la prevé, si estuviera fuera de un horizonte visible no estaría entre las atribuciones del diabólico Mecanismo. Tanto es así, que el artículo 27º le otorga la inmunidad más absoluta al aparato diseñado y construido bajo las instrucciones de la gran banca internacional. El artefacto es monstruoso: no puede ser procesado, ni sus bienes embargados, ni pueden estar sujetos a ninguna investigación. La reforma del artículo 135 de la Constitución Española deja suficientemente claro que la deuda pública, nominal más intereses, debe de figurar en el presupuesto nacional y el MEDE tiene prioridad absoluta sobre los demás gastos. Ver: Golpe de Estado programado a seis meses (1) … Sigue leyendo →
Esto mismo que le pasa a Grecia nos pasa a nosotros mismos. No tan sólo se ha perdido la soberanía del país, sino que la ciudadanía, sin comerlo ni beberlo, ha quedado a los pies de los caballos atrapada en una deuda que los señores del dinero se han conjurado que se satisfaga hasta el último euro. España no tendría una deuda pública en posición alarmante si no fuera por el aval concedido a la banca que jugaba en laChampions Ligue. Mentiras, sobre mentiras y más mentiras. Lo que queda claro es que antes quiebra España que los bancos o el euro. Hace unos años eran los bancos franceses y alemanes los que iban directos a la quiebra, esa deuda privada se hizo pública y la señora Merkel, en un escrito de una sola página lo dejó sentenciado: Grecia deberá “antes de nada” dedicar toda su recaudación fiscal a “satisfacer los vencimientos de deuda y sólo después de haber asegurado estos pagos podrá atender las demás previsiones presupuestarias”. Se nombra un “comisario del presupuesto” con funciones ejecutivas por encima del parlamento griego y su jefe de Estado que vetara los gastos que considere no apropiados. La pregunta del millón ¿No existe otra solución que no sea llevar a toda una nación a la precariedad y miseria? La respuesta tendría que venir del magma del propio sistema ¿De donde sale el dinero? de la emisión de deuda.Solución: el Consejo Europeo autoriza al Banco Central Europeo la emisión de euros como para cubrir la deuda impagable de Grecia. Los acreedores de Grecia cobran (hoy por hoy en manos de los países de la UE) y todos tan contentos. Se que a muchos le parecerá una ocurrencia de elevada fantasía, pero si no se hace es para que nadie sepa que ésta solución existe. El dinero se crea de la nada.
Librarse de los desahucios
Para muestra un botón. El relato que viene a continuación trata de un supuesto testimonio de un banquero ante un Tribunal respondiendo a las incisivas preguntas de un abogado. Esta narración corresponde a Dean Kory titulada: Liberarse de Desahucios, que corre por los Estados Unidos. La he tenido que adaptar ya que la traducción era muy literal y distorsionaba el contenido, también he tenido que sustituir conceptos para adaptarlos a la terminología que conocemos. Adicional a estos retoques he introducido comentarios y aclaraciones hechos en letra mayúscula con el fin de dejar completamente diáfana la hucha del mágico cerdito. Te recomiendo que sigas con atención la narración ya que lo que nunca te has explicado tiene aquí respuesta.
Testimonio de un banquero sobre ejecución hipotecaria.
El banquero se colocó en el banquillo de los testigos e hizo juramento. El abogado del demandante (del prestatario) preguntó al banquero las preguntas de rutina acerca de su posición en el banco.
El abogado preguntó al banquero, “¿Qué es éste documento señalado como A?”
El banquero respondió diciendo: “Es un pagaré.” (Atención! Entiéndase “pagaré” por escritura de préstamo ante notario que contiene hipoteca de un bien inmueble que garantiza el pago)
El abogado entonces preguntó: “¿Hay un acuerdo entre el señor Smith (prestatario) y el banco?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Usted cree que el acuerdo incluye un prestamista y un prestatario?”
El banquero respondió diciendo, “Sí, yo soy el prestamista y el Sr. Smith es el prestatario.”
El abogado preguntó, “¿Cuál cree que es el acuerdo?”
El banquero respondió rápidamente, diciendo: “Tenemos la firma del prestatario en la escritura y nosotros le dimos al prestatario un cheque.”
El abogado preguntó, “¿Muestra este acuerdo las palabras prestatario, prestamista, préstamo, interés, crédito o dinero en el acuerdo?”
El banquero respondió diciendo: “Seguro que sí.”
El abogado preguntó, ” De acuerdo con sus conocimientos, ¿que iba a prestar qué a quién? según el acuerdo por escrito?”
El banquero respondió diciendo, “El prestamista prestó al prestatario un cheque de 200.000 $. El prestatario tiene el dinero y la casa y no ha devuelto el dinero.”
El abogado señaló que el banquero nunca dijo que el banco recibió la garantía de su casa como un préstamo del prestatario al banco. Él preguntó: “¿Cree usted que una persona común puede utilizar términos comunes y comprender este acuerdo por escrito?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Usted cree que su banco posee legalmente el pagaré (la escritura de préstamo) y tienen el derecho a exigir el pago por parte del prestatario?”
El banquero dijo: “Absolutamente que lo poseemos y legalmente tenemos derecho a cobrar el dinero.”
El abogado preguntó, “¿La escritura de préstamo de 200.000$ tiene valor actual en efectivo de 200.000 $? Valor actual en efectivo significa que la garantía (la casa) puede ser vendida por 200.000 $ en efectivo en el curso ordinario de los negocios.”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “De acuerdo con su comprensión del supuesto acuerdo, ¿cuánto valor real en efectivo debe prestar el banco al prestatario para que el banco legalmente materialice el acuerdo y legalmente disponga de la garantía?
El banquero dijo: ” 200.000 $.”
El abogado preguntó: “Según su creencia, si el prestatario firma el pagaré y el banco se niega a prestar al prestatario 200.000$ en valor real en efectivo, ¿sería esto posible?”
El banquero dijo: “No es posible, lo que usted pregunta no viene al caso, el banco estudia de antemano la operación. El banco dio al prestatario un cheque y así es como el prestatario financió la compra de la casa.”
El abogado preguntó, “¿Usted cree que el prestatario, mi cliente, acordó en proporcionar al banco 200.000$ de valor real en efectivo (valor de la garantía) que se utilizó para financiar los 200.000$ del cheque del préstamo bancario, y luego accedió a pagar al banco una deuda de 200.000 $ más intereses?”
El banquero dijo: “No. Si el prestatario proporciona los 200.000$ para financiar el cheque, no habría dinero prestado por el banco por lo que el banco no podría cobrar intereses sobre el dinero que nunca prestó”
El abogado preguntó: “Si esto ocurrió, en su opinión sería el banco el que posee legalmente el pagaré (recuerdo que es la escritura de préstamo) y sería capaz de forzar al Sr. Smith para pagar los intereses bancarios y los pagos de capital?”
El banquero dijo: “Yo no soy abogado, así que no puedo responder preguntas legales.”
El abogado preguntó: “¿Es la política del banco que cuando un prestatario recibe un préstamo bancario de 200.000$, el banco recibe 200.000$ valor real en efectivo del prestatario (recuerdo que se trata de la garantía del inmueble), que esto le da valor a un cheque del préstamo bancario de 200.000$, y este cheque es devuelto al prestatario como un préstamo bancario que el prestatario debe re-pagar?”
El banquero dijo: “Yo no conozco las entradas contables”
El abogado dijo, “Le estoy preguntando si ésta es la política.”
El banquero respondió: “No lo recuerdo”.
El abogado volvió a preguntar: “¿Usted cree que el acuerdo entre el Sr. Smith y el banco es que el Sr. Smith ofrece al banco el valor real en efectivo de 200.000$, que se utiliza para financiar 200,000$ en un cheque de préstamo del banco -para sí mismo-, y que es entonces necesario re-pagar intereses de vuelta al mismo banco?”
El banquero dijo: “Yo no soy un abogado.”
El abogado dijo, “¿No dijo antes que una persona común puede utilizar términos comunes y comprender este acuerdo por escrito?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado entregó el acuerdo de préstamo bancario marcado “Anexo B” al banquero. Él dijo: “¿Hay algo en este acuerdo que muestre que el prestatario tenía conocimiento o se muestra que el prestatario haya dado la autorización al banco o el permiso para que el banco reciba 200.000$ de valor actual en efectivo de él y utilizarlo para financiar 200.000$ del cheque de préstamo que lo obliga a pagarle al banco 200.000$ más los intereses?”
El banquero dijo: “No.”
Preguntó el abogado, “El prestatario proporciona al banco una garantía con valor real en efectivo de 200.000$ que el banco la utiliza para financiar contablemente el cheque de 200.000$ y ese cheque le regresa de vuelta al presunto prestatario, en su opinión, ¿el banco presta 200,000$ a el prestatario?”
El banquero dijo: “Umnn … dicho así.”
El abogado preguntó: “Vamos a ver si lo dejamos claro. Si un cliente de un banco proporciona una garantía de un valor real en efectivo de 200,000$ para el banco y el banco devuelve un cheque de 200.000$ de valor real en efectivo de vuelta al mismo cliente, ¿es este un canje o intercambio de 200.000$ por 200.000?$.”
El banquero respondió: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿El acuerdo habla de un intercambio de 200.000$ intercambiados por 200.000$, o habla de un préstamo de 200,000$?”
El banquero dijo: “Un préstamo de 200.000$.”
El abogado preguntó: “¿El banco sigue las políticas y procedimientos de la Reserva Federal cuando los bancos conceden préstamos.”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó: “¿Esta práctica bancaria es un estándar para la concesión de préstamos de acuerdo con las políticas y procedimientos de la Reserva Federal?” El abogado entregó al banquero FED publicación Mecánica Moderna del Dinero, marcado “Anexo C”.
El banquero dijo: “El pagaré (recuerdo de nuevo que se trata de la escritura que faculta al banco la hipoteca sobre la garantía inmobiliaria) se registra como un activo del banco y se crea en el pasivo una anotación contable que no es exigible para el banco. Sin embargo, a continuación emitimos un cheque del nuevo depósito de vuelta para el prestatario.”
El abogado preguntó, “¿No es esto un canje o intercambio de 200.000$ por 200.000$?”
El banquero dijo: “Esta es la forma estándar de hacerlo.”
El abogado dijo, “Responda a la pregunta. ¿Es un canje o intercambio de 200.000$ de valor real en efectivo por 200.000$ de valor real en efectivo? Si la escritura de préstamo financió el cheque, ¿no deben los dos tener igual valor?”
El banquero entonces se acogió a la Quinta Enmienda. (No contestar).
El abogado preguntó: “Si los depósitos del banco (pasivos) aumentan, hacen aumentar los activos del banco en un valor real en efectivo?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Hay alguna excepción?”
El banquero dijo: “No que yo sepa.”
El abogado preguntó, “Si el banco registra un activo en los libros del banco que tiene un valor real en efectivo, registra un nuevo depósito y sería el valor real en efectivo que proviene de un cliente del banco o un inversor o un prestamista para el banco?”
El banquero pensó por un momento y dijo: “Sí”.
El abogado preguntó: “¿Es la política de los bancos registrar el pagaré (la garantía) como un activo desplazado por una nueva responsabilidad?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado dijo: “¿El pagaré tiene valor real en efectivo igual al importe del cheque bancario prestado?”
El banquero dijo “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Estas entradas de contabilidad prueban que el prestatario proporciona valor real en efectivo para financiar el cheque del préstamo bancario?”
El banquero dijo: “Sí, el presidente del banco nos dijo hacerlo de esta manera.”
El abogado preguntó: “¿Cuánto valor real en efectivo prestó el banco para obtener el pagaré (recordar que se trata de la garantía)?”
El banquero dijo: “Nada.”
El abogado preguntó: “¿Cuánto valor real en efectivo recibió el banco del prestatario?”
El banquero dijo: “200.000$.”
El banquero dijo: “Yo no estaba allí cuando el prestatario acordó el préstamo.”
El abogado dijo: “¿Es cierto que usted recibió 200.000$ valor real en efectivo del prestatario, más los pagos mensuales y entonces usted hipotecó la garantía y nunca invirtió un centavo de curso legal u otro dinero de depositantes para obtener el pagaré en el primer lugar? ¿Es cierto que el prestatario financia toda la operación? ”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Me está diciendo que el prestatario acordó dar al banco 200.000$ valor real en efectivo de forma gratuita y que el banco le devolvió el valor real en efectivo de vuelta, a la misma persona, como un préstamo bancario?”
El banquero dijo: “Yo no estaba allí cuando el prestatario acordó el préstamo.”
El abogado preguntó, “¿Las publicaciones estándar FED muestran que el banco recibe el valor real en efectivo del prestatario de forma gratuita y que el banco lo devuelve de nuevo al prestatario como un préstamo bancario?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado dijo: “¿El banco lo hace sin el conocimiento del prestatario o permiso o autorización por escrito?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “Insisto, ¿Hay un permiso por escrito o autorización para que el banco pueda transferir 200,000$ de valor real en efectivo del prestatario al banco y para mantenerlo de forma gratuita?”
El banquero dijo: “No.”
“¿Esto permite al banco utilizar estos 200,000$ de valor real en efectivo para financiar el cheque del préstamo de 200.000$ de nuevo al mismo prestatario y que obliga al prestatario a pagar al banco 200.000$ más intereses?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado dijo: “Si el banco transfirió 200.000$ del valor real en efectivo del prestatario al banco, en esta parte de la transacción, el banco prestó algo de valor al prestatario?“
El banquero dijo: “No. Él sabía que uno primero debe depositar algo que tiene un valor real en efectivo (efectivo, cheque o pagaré) para financiar un cheque”.
El abogado preguntó: “¿Es la política del banco transferir primero el valor actual en efectivo del presunto prestatario al prestamista para cubrir el supuesto préstamo?”
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Paga el banco impuestos al IRS (Hacienda) del valor real en efectivo transferido del supuesto prestatario al banco?”
El banquero respondió: “No, porque el valor real en efectivo transferido aparece como un préstamo del prestatario al banco, o un depósito que es lo mismo, por lo que no está sujeto a impuestos.”
El abogado preguntó: “Si un préstamo es perdonado, está sujeto a impuestos?”
El banquero estuvo de acuerdo, diciendo: “Sí”.
El abogado preguntó: “¿Es la política del banco no devolver el valor real en efectivo que recibieron del prestatario?”
“Sí”, respondió el banquero.
El abogado dijo, “Usted nunca paga impuestos sobre el valor real en efectivo que recibe del supuesto prestatario y lo mantiene como propiedad del banco?”
“No. No se pagan impuestos.”, Dijo el banquero llorando.
El abogado preguntó, “Cuando el prestamista recibe la garantía por el valor real en efectivo del presunto prestatario, el banco lo contabiliza sin riesgo alguno, ni tan siquiera de un centavo o del dinero de otros depositantes?
El banquero dijo: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Me está diciendo que la política del banco es que posee el pagaré (valor actual en efectivo) sin prestar un centavo del dinero de otros depositantes o moneda de curso legal, que el presunto prestatario es el que proporcionó los fondos depositados para financiar el cheque del préstamo bancario, y que el banco recibe fondos del presunto prestatario gratis? Que ese dinero regresa de nuevo a la misma persona como un préstamo que el presunto prestatario vuelve a pagar cuando el banco nunca entregó ningún dinero para obtener el pagaré? ¿Estoy oyendo bien? te doy el equivalente de 200.000$, tu me devuelves los fondos de nuevo a mí, y tengo que pagarte 200.000$ más intereses? ¿Cree que soy estúpido?”
En una voz temblorosa el banquero llorando, dijo: “Todos los bancos están haciendo esto, el Congreso lo permite.”
El abogado respondió rápidamente, “¿Permite el Congreso a los bancos incumplir los acuerdos escritos, utilizar publicidad falsa y engañosa, actuar sin permiso o autorización por escrito, y sin el conocimiento del presunto prestatario para transferir el valor real en efectivo del presunto prestatario al banco y luego regresarlo de nuevo como un préstamo? ”
El banquero dijo: “Pero el prestatario tiene un cheque y la casa.”
El abogado dijo: “¿Es cierto que el valor real en efectivo que se utilizó para financiar el cheque del préstamo bancario vino directamente del prestatario y que el banco recibió los fondos del presunto prestatario de forma gratuita?”
“Es cierto”, dijo el banquero.
El abogado preguntó: “¿Es la política del banco transferir el valor real en efectivo del presunto prestatario al banco, y luego, para mantener los fondos como propiedad del banco, se transfieren como una deuda a pagar en formato de un préstamo bancario?”
El banquero, mostrando con una mueca de pesar que había sido capturado, confesó: “Sí”.
El abogado preguntó, “¿Era la intención del banco recibir el valor real en efectivo del prestatario y devolver el valor de los fondos de vuelta al prestatario como un préstamo?”
El banquero dijo: “Sí”. Sabía que tenía que decir que sí a causa de la política del banco.
El abogado preguntó, “¿Usted cree que era la intención del prestatario financiar su propio préstamo de cheque bancario?”
El banquero respondió: “Yo no estaba allí en ese momento y no puedo saber lo que pasó por la mente del prestatario.”
El abogado preguntó: “Si un prestamista le prestó a un prestatario 10,000$ y el prestatario se negó a devolver el dinero, ¿cree usted que al prestamista se le ocasiona un daño?”
El banquero pensó. Si decía que no, esto implicaría que el prestatario no tiene la obligación de pagar. Si decía que sí, implicaría que al prestatario se le ocasionó un daño; el banquero respondió: “Si un préstamo no es devuelto, al prestamista se le ocasiona un daño.”
El abogado preguntó: “¿Es la política del banco tomar el valor real en efectivo del prestatario, y utilizarlo para financiar el cheque del préstamo bancario, y nunca devolver el valor real en efectivo para el prestatario?”
El banquero dijo: “El banco devuelve los fondos.”
El abogado preguntó: “Para dejarlo claro. ¿Fue el valor real en efectivo que banco recibió del presunto prestatario lo que acabó transformado en un préstamo bancario para el prestatario?”
El banquero dijo: “Efectivamente, se transformó en un préstamo.”
El abogado preguntó: “¿Cómo es posible que el banco reciba dinero del prestatario de forma gratuita?”
El banquero dijo: “Así es como funciona.”
Veamos la enseñanza extraída de esta narración: si el sistema bancario hubiera sido diseñado por arquitectos o ingenieros de estructuras no funcionaría como el inventado por los banqueros. Es evidente. Por sentido común se hubiera sustentado en un terreno mucho más sólido y con una estructura calculada para soportar las cargas que transitan. Vincular la emisión de dinero a la deuda conlleva que cuanta más deuda coloques más moneda se puede emitir. ¿Había un límite o el sistema lo soporta hasta el infinito? Mientras la maquina de hacer moneda esté en manos de la oligarquía que nos domina, estaremos a los pies de los caballos. Queda demostrado que la emisión de deuda sin control lleva al desequilibrio del sistema, que se solventa con una reducción brutal del endeudamiento que afecta a la sanidad, educación, pensiones y un largo etcétera de prestaciones sociales. Este sistema tan solo favorece a unos pocos y empobrece a países enteros, tal como funciona es un peligro latente para la sociedad. Para aquellos que todavía le quedan ganas de profundizar en cómo los bancos hacen dinero de la nada pueden remitirse a este enlace. Ver: Como los bancos han arruinado al país. …Sigue leyendo → Publicado en Ataquealpoder el 16 diciembre, 2014, hacia al final del post te encontrarás la Sentencia de Minnesota que pone en relieve la martingala que tienen montada los bancos.