Venga, sucios, moved el culo! – El País
Los tres policías expedientados por la Dirección General de la Policía por extralimitarse en sus funciones tras la concentración laica de la semana pasada son dos agentes de policía y un subinspector relacionados con el incidente en el que fueron agredidos una joven de 17 años y un fotógrafo. Nada que ver con el vídeo que encabeza este post, un “incidente sin relevancia”.
Las agresión a Alejandro López o al manifestante que participó en una convocatoria de Jóvenes Sin Futuro tampoco ha “merecido” por ahora la apertura de expediente alguno, lo que se puede entender como una legitimación política de los mismos.
Aunque es de esperar que no sea así y en las próximas horas o días, antes de la comparecencia en el Congreso, que nunca llega, del Ministro del Interior, se informe desde la Dirección General de Policía de la apertura de más expedientes.
No parece que sea ya el caso de la agresión y detención del periodista Gorka Ramos. Habrá que esperar si otros “incidentes” con otros periodistas, entre los que destaca esta grosera y peculiar “identificación” policial, también son “descartados”.
A pesar de la moderada respuesta de Interior, los sindicatos de Policía han recibido con indignación la apertura de expedientes por un único incidente. El secretario general del Sindicato Unificado de Policías (SUP), Felipe Brihuega, consideró que Interior “ha cedido ante la presión mediática” y añadió que también hubo gente que se “extralimitó” con los agentes. En su opinión, la actuación de los agentes “no es justificable pero sí es entendible”.
Por su parte, el vicesecretario general de la Confederación Española de Policía (CEP), Lorenzo Nebrera, considera que Interior ha tomado “una decisión de cobardes”; mientras que el portavoz de la Unión Federal de Policía (UFP), Alfredo Perdiguero, critica que los políticos “nunca sean responsables de nada” y que pagan “los que están en la calle y obedecen”.
Estos “repetitivos mensajes realizados por los sindicatos pretenden encubrir con victimismos los graves hechos acontencidos en España”, según ha denunciado la “Comisión juridica del #15M Barcelona” en un comunicado en el que se recuerda a los portavoces policiales que “la primera norma moral para exigir el cumplimiento de la ley, es cumplirla”.
Si los propios policías incumplen la norma, escondiendo a los infractores legales, (animando a sus compañeros a esconder la placa de identificación) que no se quejen de que los ciudadanos, a través de los medios e internet busquen a los posibles delincuentes. (…) Es simplemente la búsqueda de unos presuntos delincuentes infractores de los delitos de torturas recogidos por los artículos 174 y 175 del Código Penal. Delitos particularmente graves cuando son efectuados por funcionarios públicos.
A partir de aquí el comunicado les recuerda a los sindicatos policiales, “porque parece que lo han olvidado”, que los policías deben cumplir la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCSE) que les obliga a:
– Ejercer su función con absoluto respeto a la Constitución y al resto del Ordenamiento Jurídico.
– Actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión u opinión.
– Actuar con integridad y dignidad. En particular, deberán abstenerse de todo acto de corrupción y oponerse a él resueltamente.
– Sujetarse en su actuación profesional, a los principios de jerarquía y subordinación. En ningún caso, la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las Leyes.
– Colaborar con la Administración de Justicia y auxiliarla en los términos establecidos en la Ley.
– Impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.
– Observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos, a quienes procurarán auxiliar y proteger, siempre que las circunstancias lo aconsejen o fueren requeridos para ello. En todas sus intervenciones, proporcionarán información cumplida, y tan amplia como sea posible, sobre las causas y finalidad de las mismas.
– En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria, sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance.
– Solamente deberán utilizar las armas (las porras, botas especiales y defensas lo son) en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana y de conformidad con los principios a que se refiere el apartado anterior.
– Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán identificarse debidamente como tales en el momento de efectuar una detención.
– Velarán por la vida e integridad física de las personas a quienes detuvieren o que se encuentren bajo su custodia y respetarán el honor y la dignidad de las personas.