García Torres interpreta la ley animalista a su antojo y permite sacrificar mascotas por motivos económicos.

La ley de Bienestar Animal prohíbe expresamente a las cínicas veterinarias el sacrificio de animales «por cuestiones económicas».

La ley de Bienestar Animal prohíbe expresamente a las cínicas veterinarias el sacrificio de animales "por cuestiones económicas".
El veterinario mide la presión arterial de un perro. | Pixabay/CC/mirkosajkov

La ley de Bienestar Animal es tajante en los que respecta a la eutanasia de las mascotas: para particulares y para centros de protección animal públicos o privados, el sacrificio de animales está totalmente prohibido, a no ser que se trate de una causa que provoque sufrimiento al animal y no existan tratamientos curativos o paliativos. Y, por supuesto, esa situación debe acreditarla y certificarla un veterinario colegiado.

Es decir, la ley prohíbe aplicar la eutanasia (de forma expresa en el caso de los centros de protección) por motivos de vejez, enfermedad o lesión con tratamiento, problemas de comportamiento reconducibles y, aquí viene la polémica, también por cuestiones económicas.

Art. 27. Se prohíbe expresamente el sacrificio en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, abandono del responsable legal, vejez, enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento, ya sea paliativo o curativo, por problemas de comportamiento que puedan ser reconducidos, así como por cualquier otra causa asimilable a las anteriormente citadas.

La eutanasia solamente estará justificada bajo criterio y control veterinario con el único fin de evitar el sufrimiento por causas no recuperables que comprometa seriamente la calidad de vida del animal y que como tal ha de ser acreditado y certificado por profesional veterinario colegiado. El procedimiento de eutanasia se realizará por personal veterinario colegiado o perteneciente a alguna Administración Pública con métodos que garanticen la condición humanitaria, admitidos por las disposiciones legales aplicables.

Este artículo generó una gran inquietud entre los profesionales veterinarios. Hay que tener en cuenta que cualquier persona que cause la muerte de un animal doméstico en los casos no regulados por la ley se enfrenta a una pena de prisión de 12 a 24 meses, además de la pena de inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de la profesión, según la modificación del Código Penal en Materia de maltrato animal.

Por este motivo, antes incluso de que se aprobase la ley, la Organización Colegial Veterinaria envió a la Dirección General de Derechos de los Animales una propuesta con los procedimientos justificados para la eutanasia desde el punto de vista de los propios veterinarios. Y uno de los criterios propuestos por los profesionales incluye que se pueda sacrificar a un animal «en situaciones de causa no recuperable o, aun existiendo tratamiento, cuando los propietarios tengan dificultades para hacer frente al mismo o proporcionárselo al animal (dificultades de manejo, incapacidad física del titular para atender las necesidades del animal, distancias geográficas incompatibles con tratamientos crónicos…), abocando al animal a un sufrimiento prolongado incompatible con la dignidad que se debe procurar en nuestra convivencia con cualquier ser sintiente».

El propio director de Derechos de los Animales, Sergio García Torres, les respondió a través de una carta asegurando que ese criterio (y otros mencionados por los veterinarios para aplicar la eutanasia) «cumplen lo recogido» en el artículo 27 de la ley de Bienestar Animal. Todo ello, sin desarrollo reglamentario y sin citar ningún tipo de consulta jurídica previa. Es decir, que Derechos de los Animales interpreta la ley por su cuenta, aun incluso cuando esa interpretación administrativa pueda ser contraria o incoherente con el texto legal.

Los ayuntamientos deben hacerse cargo

Desde la abogacía y consultoría en Derecho Animal Animalex, denuncian que la respuesta de García Torres supone un «tratamiento y protección desigual de los animales en función de quien sea su responsable y cuáles sus circunstancias» y ante una situación de inseguridad jurídica: «¿Cómo puede aseverar el veterinario que una persona no es objetivamente capaz de hacerse cargo del animal? ¿Cómo puede pronunciarse un profesional de la veterinaria sobre la situación económica de un particular? ¿Qué pruebas o informes deberá presentar este para que el veterinario pueda certificar la legalidad de una muerte con todas las garantías?»

También alegan que «la ley ya dispone en su artículo 22 que los centros públicos tienen obligación de hacerse cargo de animales de personas en situación de vulnerabilidad». Sin embargo, este es otro de los artículos más criticados por los veterinarios municipales, que hace meses ya alertaron de que la mayor parte de los ayuntamientos no tienen ni profesionales, ni instalaciones, ni presupuesto como para hacerse cargo de los animales vulnerables ni de las urgencias 24 horas.

De igual modo, la nueva ley animalista ha puesto en una situación sumamente complicada a los veterinarios privados, que afrontan este tipo de situaciones de manera prácticamente diaria y tenían dudas sobre la aplicación de la eutanasia en los casos en los que, por ejemplo, el propietario no puede afrontar los gastos veterinarios y farmacéuticos de una enfermedad crónica degenerativa que abocaría al animal a un sufrimiento cruel y del todo innecesario.

En cualquier caso, sigue quedando patente que la ley de Bienestar Animal ha llegado incompleta, llena de incoherencias y con artículos imposibles de cumplir de momento, como los cursos de formación y los seguros obligatorios para los dueños de mascotas, la inscripción de canarios y periquitos en registros de mascotas que todavía no están preparados para ello, o la obligación de registrarse como criador particular para eludir las multas si tu perra se queda preñada cuando esa figura todavía no existe en la mayoría de las Comunidades Autónomas.

https://www.libertaddigital.com/ciencia-tecnologia/ciencia/2023-10-24/garcia-torres-interpreta-la-ley-animalista-a-su-antojo-y-permite-sacrificar-mascotas-por-motivos-economicos-7061845/

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