El TC o la esperanza de amnistía total para los ERE y el Procés/El Constitucional acusa al Supremo de sentenciar los ERE sin argumentos y saltándose la separación de poderes/LAS NOTICIAS DE VERDAD DE ALVISE

Aun cuando el Tribunal Supremo no haya planteado (por ahora) una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras la publicación en el BOE de la ley de amnistía —algo que la hubiera dejado en suspenso en su totalidad—, su decisión de considerar que dicho engendro jurídico simplemente no ampara los delitos de malversación por los que se acusa a Puigdemont y por lo que han sido condenados el resto de dirigentes del golpe del 1-O, era una posibilidad, tal y como adelantamos hace un mes en Libertad Digital, a la vista de las grietas jurídicas que habían abierto las enmiendas de Junts y ERC al texto inicial durante su tramitación en el Congreso.

Se trata, en cualquier caso, de una buena noticia y de una decisión jurídicamente impecable que conlleva el mantenimiento de la orden de detención contra el expresidente catalán pero que hará que Puigdemont y el resto de los golpistas trasladen sus esperanzas a un Tribunal Constitucional mayoritariamente dominado por miembros designados por el PSOE. Con todo, está por ver que la politización del Tribunal Constitucional llegue al extremo de declarar inconstitucional la decisión del Supremo de no considerar amnistiados todos los delitos perpetrados por los golpistas habida cuenta de que, llegado ese caso, el Supremo sí podría elevar una cuestión prejudicial ante el TJUE cuya mera aceptación dejaría en suspenso lo avalado por el TC.

Ahora bien, ese riesgo de que el Tribunal Constitucional, convertido en correa de transmisión del Ejecutivo, avale ese engendro jurídico, tan contrario al ordenamiento constitucional como al derecho comunitario, que es la mal llamada ley de amnistía, persiste. Y, en este sentido, no hay más que ver cómo la mayoría socialista del Constitucional, tras revocar las inhabilitaciones por prevaricación en el caso de los EREs, ha decidido este martes anular también una de las penas de prisión por malversación dictadas por la Audiencia de Sevilla y respaldadas por el Tribunal Supremo, lo que allana el camino para librar de la cárcel a Griñan.

 

Si la mayoría mal llamada «progresista» del TC (que no es propiamente Poder Judicial) se dedica al injusto y progresivo desmontaje de las condenas del caso ERE avaladas por el Supremo sin que haya una «ley» que amnistíe ese corrupto reparto clientelar de más de 600 millones de euros perpetrado desde la Junta socialista de Andalucía a lo largo de una década, cabe preguntarse qué impunidad no estarán dispuestos a conceder en el caso del proceso golpista catalán que sí pretende amparar una ley de amnistía como la aprobada por el Gobierno.

Así las cosas, todos los partidarios de la división de poderes tenemos el derecho de desconfiar de este envilecido y mal llamado Tribunal Constitucional y el deber de seguir depositando nuestras esperanzas en un Tribunal de Justicia de la Unión Europea como último baluarte de la persistencia de la nación española entendida como Estado de derecho.

https://www.libertaddigital.com/opinion/2024-07-02/editorial-el-tc-o-la-esperanza-de-amnistia-total-para-los-eres-y-el-proces-7143451/

El Constitucional acusa al Supremo de sentenciar los ERE sin argumentos y saltándose la separación de poderes

Las sentencias del tribunal de garantías que desmontan las acusaciones por prevaricación y malversación reprochan tanto a la Sala de lo Penal como a la Audiencia de Sevilla haber criminalizado la actividad legislativa de la Junta y atribuir el reparto ilegal de dinero público sin argumentos suficientes
 
Archivo - Chaves, Griñán y Magdalena Álvarez en el juicio por los ERE

Las primeras resoluciones del Tribunal Constitucional sobre el caso de los ERE de Andalucía usan dos argumentos para impugnar las sentencias del Supremo y de la Audiencia de Sevilla: los jueces criminalizaron parte de la actividad política de los altos cargos de la Junta de Andalucía y, además, en ocasiones impusieron condenas de cárcel sin argumentos suficientes. Con una docena de casos todavía pendientes de decisión, las dos sentencias conocidas en los últimos días cuestionan tanto las condenas de inhabilitación por prevaricación como las condenas de cárcel por malversación de caudales públicos.

La Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo resolvieron en firme que en Andalucía, desde la década de los noventa hasta el año 2009, existió un sistema de ayudas a empresas y trabajadores para combatir las dificultades económicas. Un sistema cuyo descontrol, buscado y permitido desde la Junta, facilitó el reparto irregular de millones de euros de dinero público.

Los jueces entendieron que los culpables, desde los presidentes de la Junta hasta directores generales encausados, habían incurrido en un delito de prevaricación por poner en marcha y perpetuar el sistema desde la creación de los anteproyectos de presupuestos. A diez de ellos, además, les atribuyeron malversación por participar en el reparto ilegal de dinero o, al menos, por no evitar que se hiciera de forma descontrolada.

De momento, el Tribunal Constitucional ha dictado tres sentencias que han desarmado los pilares maestros de las condenas por ambos delitos. Después de una primera decisión irrelevante sobre el exconsejero José Antonio Viera, la mayoría progresista del pleno sacó adelante una sentencia que amparó parcialmente a la exministra y exconsejera andaluza Magdalena Álvarez, dejando en mínimos su condena de inhabilitación por prevaricación.

El Tribunal Supremo y la Audiencia de Sevilla habían cimentado su sanción por prevaricación en considerar que todas las decisiones de la Junta para poner en marcha el sistema de ayudas constituyeron una cadena de “eslabones necesarios” con una sucesión de decisiones injustas. Aprobar ayudas a través de un “instrumento jurídico ilegal” como eran las transferencias de financiación y con una finalidad igualmente ilegal: “Eludir el control”.

El reproche del Constitucional pasa por acusar a ambos tribunales de desconocer cómo funciona el sistema político andaluz e invadir la separación de poderes al criminalizar actos legislativos del Gobierno regional. Elaborar y aprobar anteproyectos de ley, el embrión de esas ayudas, “no puede ser constitutiva del delito de prevaricación”. Son actos, dijo, “dictados por el Poder ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Andalucía” y su contenido “no puede ser objeto de control por ningún órgano judicial”. 

Los argumentos del Supremo y la Audiencia de Sevilla para sancionar por prevaricación a los altos cargos, dice el Constitucional, “supone incidir en un ámbito ajeno al control judicial, excediendo de la función que los jueces y tribunales tienen atribuida”. Sobre la acción de los tribunales penales, al valorar la legalidad del sistema de presupuestación, dice el Constitucional: “Ha ejercido una función que en modo alguno le corresponde atribuyéndose unas prerrogativas que la Constitución no le otorga”. 

Argumentos como los sostenidos por el Supremo, zanjó el Constitucional, corren el riesgo de “infringir el principio de separación de poderes” y, en aplicación al caso concreto, dictar condenas imprevisibles. En el caso concreto de Magdalena Álvarez y sus derechos, infringió el principio de legalidad penal.

Sin “argumentos” para la malversación

La sentencia que anuló la condena de Magdalena Álvarez no lleva irremediablemente a su absolución: la Audiencia de Sevilla debe repetir sus argumentos y dictar una nueva pero excluyendo la mayor parte de las acusaciones. Este martes, la resolución que afecta a Miguel Ángel Serrano, exdirector de la agencia IFA/IDEA, sí anula su condena de seis años y medio de cárcel por malversación y prevaricación de forma completa.

En el caso de Serrano, excarcelado pocas horas después de conocerse el fallo, el pleno repite sus argumentos sobre la prevaricación y los extiende a una parte de la malversación: “Es una interpretación imprevisible la condena por este delito” al hablar de acciones amparadas en las leyes de presupuestos. Pero en el caso de los ERE no todo queda fuera del alcance del derecho penal y hay casos de ayudas que fueron destinadas a “fines distintos a los previstos”.

En esos casos, el Constitucional ha abordado el análisis desde la perspectiva de la presunción de inocencia, y en el caso de Miguel Ángel Serrano ha entendido que ni la Audiencia de Sevilla ni el Tribunal Supremo justificaron lo suficiente su condena de seis años y medio de presidio. “Los órganos judiciales no han argumentado suficientemente que fueran cometidos por el recurrente. La resolución judicial carece del desarrollo argumental constitucional necesario en este punto”, explicaba el Constitucional su resolución en un comunicado este martes.

La falta de argumentación –más allá de declarar la ilegalidad del sistema y criminalizar su aplicación– que implique a altos cargos en el desvío efectivo de dinero público de la Junta es una alegación constante en los recursos de los condenados por este segundo delito de malversación. Y en el caso de Serrano, la mayoría del tribunal de garantías entiende que el Supremo no argumentó lo suficiente por qué las pruebas recabadas le incriminaban.

Malestar en el Supremo y el sector conservador

El criterio mayoritario del sector progresista del Constitucional no ha gustado en el Supremo, donde diversas fuentes entienden que el tribunal de garantías está yendo mucho más allá de sus límites para corregir sus resoluciones. Un malestar que han dejado por escrito en el propio Constitucional los cuatro integrantes del sector conservador, acusando a sus compañeros de estar enmendando la plana al Supremo de forma irregular. “Ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo”, dijo por ejemplo César Tolosa.

El voto particular que firmaron Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y Ricardo Enríquez para criticar la sentencia que amparó parcialmente a Magdalena Álvarez criticaba tanto las formas como el fondo de sus compañeros. Apunta al “tono reprobable”, “amonestaciones” e “innecesarias explicaciones” que el pleno usó para cuestionar la decisión del Supremo y la Audiencia de Sevilla, pero también al fondo de sus argumentos para tumbar buena parte de la sentencia.

El voto de Tolosa, suscrito por los otros tres discrepantes, denunciaba que la sentencia afectaba al “asunto de corrupción más importante de la historia reciente de España” y, al corregir al Supremo de forma inédita, “debilita los fundamentos del Estado de Derecho”, además de afectar a “la persecución eficaz de los delitos de corrupción institucionalizada cometidos por el Gobierno o sus miembros”.

En cuanto al fondo del asunto, el voto particular de los otros tres magistrados contrarios a la mayoría del pleno entiende que el Supremo y la Audiencia de Sevilla interpretaron correctamente los hechos y acertaron al condenar por prevaricación a todos los antiguos altos cargos de la Junta. “Han efectuado una interpretación razonada de los elementos del delito de prevaricación”.

Los de Magdalena Álvarez y Miguel Ángel Serrano no son los únicos casos de la trama de los ERE que va a estudiar el Tribunal Constitucional. Esta misma semana, el pleno analizará cuatro recursos más de condenados por prevaricación y malversación: Carmen Martínez Aguayo, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Antonio Fernández. Será dentro de dos semanas cuando el pleno aborde los recursos, entre otros, de los expresidentes Chaves y Griñán.

 

La mayor parte de estas ponencias apuestan por seguir amparando de forma parcial a los antiguos altos cargos de la Junta condenados a prisión por prevaricación, aunque en algunos casos no se anule directamente toda la condena y se devuelva el caso a la Audiencia de Sevilla para que dicte sentencias nuevas. Hay pasos del proceso que desembocó en las ayudas que, según el Constitucional, sí fueron delictivos.

Es, por ejemplo, el caso de la ponencia sobre el caso de Antonio Fernández, exconsejero de Empleo condenado a 7 años y 11 meses de prisión. En su caso, el Constitucional analizará si ordena al tribunal andaluz dicte una nueva sentencia centrándose en las modificaciones presupuestarias de 2000 y 2001, pero dejando fuera de una hipotética condena el grueso de las acusaciones que pesan sobre él.

https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-acusa-supremo-sentenciar-ere-argumentos-saltandose-separacion-poderes_1_11494746.html

LAS NOTICIAS DE VERDAD DE ALVISE

  1. Alarma en EEUU después de que Starwood Capital Group limite la retirada de fondos: El gigante inmobiliario, valorado en más de 10.000 millones de dólares, toma esta medida ante la cada vez mayor recesión del sector inmobiliario comercial y la subida de tipos que puede provocar.
  2. Junqueras comunica en secreto a Puigdemont que “si no hay amnistía, habrá elecciones”: El mandatario separatista amenaza así al líder de Junts para que Pedro Sánchez presione a los jueces en la aplicación inmediata de la amnistía.
  3. EEUU eleva su nivel de alerta en bases españoles ante “el aumento de riesgo terrorista”: La base de Rota recomienda “evitar grandes reuniones” en una rotativa filtrada a CNN.
  4. Koldo García cobró junto a las mordidas un sueldo público de 98.430 euros al año: La mano derecha de Ábalos ganaba 8.000 euros más que Pedro Sánchez, dietas aparte. También cobró 26.000 euros como «ejecutivo» del PSOE durante 48 meses. El juez le ha concedido 1.300€ al mes para vivir.
  5. El hermano de Pedro Sánchez oculta su fiscalidad en Portugal y residencia en Tailandia presentando un DNI con una dirección en Badajoz que abandonó hace 3 años: Se complica el futuro judicial de la familia del Presidente del Gobierno tras saberse que la Embajada de Tailandia en España le registró como residente el 19/10/21.
  6. Franceses y soberanistas ven “con buenos ojos” (voir d’un bon œil”) la “no prescripción de delitos de corrupción” y otras medidas exigidas por Alvise Pérez: Las conversaciones para la inclusión en grupos europeos tendrán lugar tras la finalización de los procesos electorales aún en desarrollo.
  7. Sánchez explota el empleo público con 223.000 plazas más: El Gobierno se prepara así para cualquier proceso electoral al que pueda ser forzado por los separatistas.

    8. La directora general de Fondos UE del Gobierno, Esperanza Teba, es forzada a dimitir tras la apertura de una investigación por corrupción: la Audiencia Nacional ya investiga al padre de sus hijos por presuntos delitos de falsedad documental, uso de documentos falsos y estafa. La corrupción es ya uno de los 3 problemas que más preocupan a los españoles.

  8. Nueva excarcelación en el Caso ERE por anulación de condena del Tribunal Constitucional: Serrano Aguilar ingresó en prisión en 2023 por un delito continuado de malversación. Chaves y Griñán esperan poder ser también “perdonados” en las próximas semanas.
  9. El jefe de seguridad de Ábalos se reunió en secreto con la inteligencia marroquí: La reunión tuvo lugar con Moulay Ahmed Charai, jefe de relaciones públicas del servicio secreto exterior de Marruecos, en la misma fecha en la que Ábalos ordenaba comprar mascarillas solo a la trama Koldo, aunque fueran más caras que otras ofertas.

10 Un grupo de inmigrantes acuchillan en la cara las letras “J” y “E” a un niño de  años:

El crío sacaba la basura en Ciudad Lineal cuando fue abordado por un grupo de inmigrantes e inmovilizado de pies y manos, y le tomaron una foto para hacer mofa de él.

La Policía Nacional investiga ya los hechos.

COMENTARIO

Resulta imposible verificar estas noticias. Animo a los lectores a leerlas (deportivamente) y a tomárselas bien como ficción o bien como verdad, a su gusto.

El interés mediático conseguido por Avise Pérez, tras las últimas elecciones, y el echo de que ninguno de los grandes medios difunda nada de sus manifestaciones, es un claro cerrojazo informativo en torno a esta figura política. Es la razón por la que me ha parecido de interés, mostrar las noticias que da en su plataforma de Telegram.

maestroviejo

Un comentario en “El TC o la esperanza de amnistía total para los ERE y el Procés/El Constitucional acusa al Supremo de sentenciar los ERE sin argumentos y saltándose la separación de poderes/LAS NOTICIAS DE VERDAD DE ALVISE

  1. EL CONSTITUCIONAL CON ESA RESOLUCIÓN HA COMETIDO UN GRAVE DELITO. LEEDLO BIEN. EL JUEZ DE ESA RESOLUCIÓN SERÁ PROCESADO CUANDO CAIGA SÁNCHEZ… EL PODER JUDICIAL SE ENCARGRÁ…

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