Alaya cree que dividir la causa de los ERE provocaría un «caos procesal»

La juez de los ERE, Mercedes Alaya, ha dicho en su exposición razonada al Tribunal Supremo que dividir la causa en un procedimiento para cada ayuda provocaría un «caos procesal», sentencias contradictorias y una vulneración de la seguridad jurídica.

En la exposición razonada, a la que ha tenido acceso Efe, en la que pide al Supremo investigar a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y a siete exconsejeros, la juez explica que para ella sería más cómodo crear una pieza para cada ayuda investigada, pero añade que «esta fórmula, lejos de agilizar, elevará exponencialmente las dificultades de la tramitación de la causa, haciéndola imposible».

Para ello, se basa en que los presuntos delitos son continuados en el tiempo, pues a lo largo de diez años «bajo la publicitada finalidad de la paz social, en función de una política discrecional de favores», se enmascaraba «una realidad de proselitismo político continuado en el tiempo».

En dicha exposición razonada, Alaya explica los presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos que atribuye a los 201 imputados y dice que esta «realidad jurídica» del delito continuado «quedaría sin contenido en el caso de que se hiciera el enjuiciamiento por separado, con la consiguiente repercusión en la penalidad».

Además, abrir una pieza para cada una de las doscientas ayudas bajo sospecha sería «claramente perjudicial» para algunos responsables aforados como los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y los exconsejeros Jose Antonio Viera y Francisco Vallejo, a los que se podrían imponer «tantas penas como juicios se celebraran».

«Conexidad objetiva y subjetiva»

A ello añade que existe «conexidad objetiva y subjetiva» entre los casos investigados y que «el riesgo de fallos contradictorios constituye, más que una mera probabilidad, un peligro obvio, serio e indiscutible».

Se trata de un riesgo «que no se debería correr, a juicio de esta instructora, pues podría atentarse contra la seguridad jurídica» y producir «lo que muchos han denominado un auténtico caos procesal».

En este caso se investiga «un sistema de ayudas sociolaborales instaurado por la Junta a lo largo de más de una década, que partiría de una decisión política que, continuada en el tiempo, fue renovándose en cada ejercicio económico» y que «conllevaba indiciariamente la acción coordinada de gobierno en diferentes consejerías: Hacienda, Empleo e Innovación».

La puesta en práctica del sistema se hizo -añade el texto- a través de «la vulneración, autorizada y consentida, del ordenamiento jurídico estatal, autonómico y comunitario» y conllevaba «una responsabilidad en racimo, inextinguible, inseparable, pues la actuación de cada uno era necesaria para el todo y ese todo era necesario para el otorgamiento y pago de cada una de las subvenciones».

La duda, dice la juez en su exposición de 190 folios, es «cómo separar la causa, dónde poner los límites», y añade que «para esta instructora es obvio que hubiese resultado mucho más cómodo haber organizado tantas piezas como hubiese sido necesario, pero la evidencia ha sido que esta fórmula, lejos de agilizar, elevaba exponencialmente las dificultades de la tramitación de la causa, haciéndola imposible».

Por ello, asegura que «ponderando el derecho fundamental al juez predeterminado por la ley y las exigencias de la seguridad jurídica», es el Supremo quien «debe abarcar el conocimiento completo de la presente causa», en contra de lo que opinan la Fiscalía Anticorrupción y una mayoría de las defensas.



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