Estamos viviendo un nuevo tiempo de ajuste de derechos en el campo de los derechos de autor. Las nuevas modificaciones a la Ley de Propiedad Intelectual, de seguir adelante, no nos van a dejar ni decir buenos días sin pagar por enlazar contenido protegido. Llevomuchos años viendo el panorama, y cada vez vamos a peor. No voy a comentaros cómo ni por qué hemos llegado a donde estamos, o cuáles serán las consecuencias, porque ya hay gente más lista y de mejor verbo que yo en la tarea.
En su lugar, quiero compartir dos casos personales recientes que indican claramente el rumbo que está llevando este barco.
El primero tiene que ver con la Fundación Descubre. Como algunos sabréis, llevo añosusando fragmentos de películas en mis clases de Física, con bastante éxito (no tenéis más que ver a mis alumnos en faena, por ejemplo aquí y aquí). La Universidad de Granada ha apostado por el proyecto gracias a su Secretariado de Innovación Docente, y no puedo estar más contento con ellos. Resulta que la Fundación Descubre me ficha hace algún tiempo para que haga una guía docente sobre el tema. La idea es proporcionar material a los profesores de instituto para que sus chavales aprendan física en el cine. Justo lo que yo hago en la Universidad, sólo que usando películas enteras. Genial, pensé, y me apunté a la movida.
Escogí cinco películas, las comenté, detallé los elementos de buena o mala física, añadí bibliografía y, en general, creo que hice un buen trabajo. Los amigos de la Fundación Descubre me pagan, se llevan todo el material, lo maquetan… y resulta que no pueden usarlo. ¿Por qué? Pues porque no han podido llegar a un acuerdo con las productoras. Por lo visto, llevar a los chavales al salón del instituto para ver Regreso al Futuro III o Space Cowboys sin pagar entrada ni comprar palomitas pone en serio peligro los bolsillos de Hollywood, así que pasan facturas estratosféricas. Da igual que sea por motivos de enseñanza, o que los chavales sepan siquiera que existen películas como Un Trabajo en Italia (la del año 1969). Como dijo una vez un innombrable, lo importante es que paguen. Pues no ha podido ser. Tiempo y dinero desperdiciados, una oportunidad perdida, pero lo importante es que el imperio del copyright no vea lesionados sus derechos. Bravo, chavalotes.
El segundo ejemplo trata de un programa llamado Con-Ciencia, de Canal Sur Televisión. Participé en la primera edición (y están tentándome de nuevo) con pequeños segmentos sobre, nuevamente, la Física y el Cine. Lo hice con gusto, y lo único que saqué de todo ello fue el cubo de palomitas que Susana acabó regalándome. Podéis verl los fragmentos de mis intervenciones aquí. Pero a lo peor no podéis ver el correspondiente al capítulo cinco, porque YouTube me ha enviado una reclamación por copyright. Otra vez. De hecho, para ese capítulo es la tercera vez que me dan la lata con lo mismo.
He aquí la amable carta de YouTube:
Hola, arturoquirantes:
Hemos bloqueado tu vídeo de YouTube debido a una reclamación de derechos de autor. Esto significa que ya no se puede reproducir tu vídeo en YouTube y es posible que ya no tengas acceso a algunas de las funciones de YouTube.
Título del vídeo: Con-ciencia 05: La Física del correcaminos
Incluye: Visual content
Reclamado por: Studiocanal, Lionsgate
Ver detalles de la reclamación: (página web)
Razones
Puede que tu vídeo incluya contenido con derechos de autor.
Los propietarios de los derechos de autor pueden bloquear vídeos de YouTube que incluyan su contenido.
– El equipo de YouTube
El material en litigio es un fragmento de 39 segundos de la película Terminator 2. La primera reclamación fue de Canal Sur Televisión (me habían dado permiso, pero los de YouTube no lo tenían claro). La segunda fue de Studicanal. Impugné ambas reclamaciones, y en ambos casos YouTube me dio la razón.
Ahora, Studiocanal y Lionsgate vuelven a la carga. Por tercera vez YouTube me ha enviado una reclamación sobre el mismo fragmento del mismo vídeo, recordándome elegantemente las consecuencias de violar derechos de autor. Al parecer, se han creído que la doctrina usamericana de “ese fotograma es mío, y como lo mires sin permiso te voy a crujir vivo” rige en todo el mundo mundial, también fuera de sus fronteras.
Por lo que pueda valer, he vuelto a impugnar la reclamación. Hela aquí:
El uso de fragmentos breve de obras audiovisuales, citando autoría y procedencia, está autorizado según la ley española (Ley de Propiedad Intelectual).
De hecho, esta es la tercera, repito TERCERA reclamación que recibo sobre este video. En las dos anteriores, mis impugnaciones fue aceptada y las reclamaciones fueron retiradas. Una de tales reclamaciones fue interpuesta por Studiocanal, que ahora vuelve a reclamar en esta ocasión.
Agradecería que informasen a los reclamantes acerca de la ley española sobre propiedad intelectual, en particular sobre el uso de pequeños fragmentos audiovisuales y lo que en otros países denominan “fair use,” y también sería de agradecer que YouTube tomase medidas adecuadas para que esta especie de persecución sin sentido termine, ya que esto comienza a parecer un caso de acoso. Yo cumplo la ley, espero que las demás partes también la cumplan.
Gracias por su atención. Arturo Quirantes
En el mejor de los casos me harán caso, lo que significa que he perdido el tiempo y los nervios defendiéndome de una acusación que considero infundada. En el peor, me castigarán cara a la pared sin postre, o algo así, me considerará un delincuente y no se ajuntarán conmigo; lo que significa que todo el trabajo que he hecho para crear y difundir material audiovisual en YouTube (como mi reciente Café y Física) se irán a tomar por Wert.
Pero eh, todo sea por la defensa de la propiedad intelectual, que como sabemos redunda en beneficio de todos nosotros. Si es que en el fondo somos unos desagradecidos </sarcasmo>